
Zarda contra Altitude Express
Estado: Victoria
¡Victoria! El 26 de febrero, el pleno del Tribunal de Apelaciones del Segundo Circuito de Estados Unidos determinó que, según el Título VII de la Ley federal de Derechos Civiles, la discriminación por orientación sexual es discriminación “debido a… sexo”. El fallo en Zarda contra Altitude Express revierte el precedente existente en el Segundo Circuito que prohíbe a las personas lesbianas y gays presentar demandas por discriminación laboral en virtud del Título VII cuando son objeto de ataques en el trabajo por su orientación sexual.
“El fallo de hoy del Segundo Circuito, junto con los avances positivos en otros estados y circuitos federales, genera esperanza de que las leyes de derechos civiles existentes puedan ayudar a abordar la discriminación laboral que afecta a tantas personas LGBT en todo el país. Las opiniones mayoritarias y concurrentes demuestran poderosamente que la discriminación "por razón de sexo" está en juego al considerar la orientación sexual de una persona. En conjunto, esta sentencia se basa en una jurisprudencia de larga data sobre el trato diferente a los individuos debido a su sexo, sobre los estereotipos sexuales y sobre la penalización de las asociaciones de un individuo, como en los casos de trabajadores que tienen relaciones con personas de una raza diferente. También está atento a los cambios que el Congreso ha realizado al Título VII a lo largo de los años, en parte en respuesta a decisiones de la Corte que intentaron limitar su alcance”. – Directora del Proyecto de Derechos Civiles de GLAD, Mary L. Bonauto
El 25 de mayo de 2017, la Corte de Apelaciones del Segundo Circuito de EE. UU. concedió en banco revisar en Zarda contra Altitude Express, un caso de Nueva York en el que el demandante presentó una demanda por discriminación en virtud del Título VII, alegando que fue despedido por ser gay.
El Título VII es nuestra ley federal que protege contra la discriminación en el empleo. GLAD y otros han defendido durante mucho tiempo con claridad y sentido común que la prohibición legal de la discriminación “por razón de sexo” incluye protecciones contra la discriminación por orientación sexual. Si bien los precedentes en la mayoría de nuestros tribunales de circuito federales han sostenido lo contrario, los acontecimientos recientes (incluido un fallo histórico del Séptimo Circuito a principios de este año) muestran que cada vez a más jueces les resulta difícil negar que la discriminación por orientación sexual es discriminación “por razón de sexo”.
Al conceder la revisión en zarda, la Corte invitó específicamente a escritos amicus curiae que abordaran la cuestión de si el Título VII prohíbe la discriminación por orientación sexual. GLAD ha presentado un informe en asociación con NCLR y WilmerHale.
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