A menudo en GLAD escuchamos a padres de jóvenes LGBTQ a quienes les han dicho que la escuela no puede revelar ninguna medida disciplinaria que hayan tomado contra un estudiante que intimidó a su hijo debido a "FERPA". FERPA, o Ley de Privacidad y Derechos Educativos de la Familia, es una ley federal que protege la privacidad de los registros educativos de los estudiantes. Al hacerlo, evita que las escuelas revelen los registros educativos de los estudiantes a terceros sin el consentimiento de los padres del estudiante. Las escuelas citan esta prohibición para justificar no decirles a los padres de los estudiantes que han sido discriminados cuál ha sido el resultado de la participación de la escuela. Pero este no es el final de la historia.

Primero, al menos un tribunal federal de apelaciones en Jensen contra Reeves, ha sostenido que FERPA no prohíbe divulgaciones de este tipo en una situación en la que los padres de un estudiante objetivo quieren saber el resultado de la investigación de la escuela y qué acción disciplinaria ha tomado la escuela contra el estudiante perpetrador. Informar a las escuelas sobre esta decisión puede resultar eficaz para conocer cualquier medida disciplinaria que la escuela haya tomado.

En segundo lugar, los padres de los estudiantes perpetradores pueden dar permiso a la escuela para revelar la información. O puedes preguntar o la escuela puede hacerlo. Es cierto que esos padres pueden negar su consentimiento. Pero es posible que no lo hagan, especialmente si están tratando de aliviar las tensiones entre los estudiantes.

Además, existen varias excepciones a FERPA que, en determinadas circunstancias, permitirían a las escuelas revelar las medidas disciplinarias a los padres del estudiante objetivo (o directamente al estudiante si tiene más de 18 años o asiste a una escuela postsecundaria):

  • La primera se aplica a todo tipo de escuelas y surge cuando el Título IX, la ley federal que prohíbe la discriminación por motivos de sexo en los programas educativos, autoriza divulgaciones, ya que estas anulan las protecciones de FERPA. El Título IX autoriza divulgaciones a los padres del estudiante objetivo cuando la acción disciplinaria se relaciona directamente con el estudiante objetivo, como cuando la escuela ha ordenado al acosador que se mantenga alejado del estudiante, la escuela le ha prohibido al acosador asistir a la escuela por un período de tiempo , o la escuela ha transferido al acosador a otra clase. Si bien no sabrá si su hijo tiene un parentesco directo, debe informar a la escuela sobre esta excepción y preguntar si la escuela ha tomado alguna de estas acciones o si la acción disciplinaria se relaciona de otra manera con su hijo.
  • La segunda excepción se aplica sólo a las escuelas postsecundarias, como colegios o universidades. Si el estudiante infractor ha cometido un delito de violencia o un “delito sexual no forzado”, la escuela puede revelar el resultado de la investigación al estudiante objetivo. Esto significa que el estudiante puede conocer el nombre del perpetrador, el delito cometido y cualquier acción disciplinaria que la escuela haya tomado contra el perpetrador.

También puede eludir por completo el obstáculo de FERPA. Primero, pregunte en su escuela cuál es la acción típica o el rango de disciplina por la infracción que cometió el estudiante. Una vez que tenga esa respuesta, puede hacer un seguimiento con preguntas para confirmar que la escuela manejó esta situación de manera consistente con situaciones similares.

En segundo lugar, puede preguntar en su escuela cuál es la posible disciplina para una próxima infracción. Esto hará que la escuela piense y se comprometa a adoptar un curso de acción en caso de que el acoso continúe.

Finalmente, puede preguntar qué está haciendo la escuela para asegurarse de que el perpetrador no intimide a su hijo en el futuro y/o qué hará la escuela para mantener a su hijo seguro.

Como siempre, si cree que su escuela no protege contra el acoso anti-LGBTQ o VIH+, comuníquese con ALEGRE Respuestas. Para obtener más información sobre el acoso escolar, consulte nuestros recursos en www.glad/org/youth/bullying y www.gladlaw.org/youth/school.