Todos los estudiantes tienen derecho a acceder a las oportunidades que brinda una educación sólida.

Cultivar entornos de aprendizaje inclusivos en las escuelas públicas hace que los beneficios y oportunidades de la educación estén disponibles para más estudiantes.

Garantizar que todos los estudiantes se sientan bienvenidos en la escuela es esencial para la salud física y mental de los estudiantes y puede hacer que los estudiantes sean más capaces de contribuir productivamente a nuestras comunidades.

Crear y mantener un entorno de aprendizaje inclusivo no sólo es lo correcto: es la ley en Maine y en todo Estados Unidos.

Según la ley de Maine, las escuelas tienen la obligación de "prevenir la discriminación en la educación por motivos de sexo, orientación sexual o discapacidad física o mental". 5 Yo. Estadísticas Rev. §4552. Esta obligación es parte de un compromiso más amplio de salvaguardar “el derecho humano básico a una vida con dignidad” y de “revisar todas las prácticas que infrinjan [ese] derecho humano básico”. 5 Yo. Estadísticas Rev. §4552.

Según las leyes federales y de Maine, y según las Constituciones de Estados Unidos y Maine, los estudiantes tienen derecho a la educación sin importar su sexo, orientación sexual, identidad de género o condición de transgénero.

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Resumen

Maine tiene una población significativa y creciente de estudiantes LGBTQI+. Una encuesta de 2019 de todos los estudiantes de secundaria muestra que 12,41 TP3T de los estudiantes son lesbianas, gays o bisexuales, y 4,41 TP3T no están seguros de su orientación sexual. 1,6% de los estudiantes son transgénero y 1,6% no están seguros de su identidad de género. Véase Departamento de Educación de Maine y Departamento de Salud y Servicios Humanos, Informe de escuelas secundarias de la Encuesta integrada de salud juvenil de Maine (MIYHS) (2019), 4. La población estudiantil LGBTQI+ es tan diversa como el estado de Maine y proviene de todas las áreas del estado, todo tipo de familias y todos los orígenes raciales y étnicos. Según el Informe, los estudiantes percibidos como LGBTQI+ o no conformes con su género son desproporcionadamente objeto de acoso en la escuela. Los estudiantes de secundaria LGBTQI+ tienen más probabilidades que los estudiantes heterosexuales y cisgénero de:

  • Ser amenazado o herido con un arma en propiedad escolar (id. en 86)
  • Estar en una pelea física en propiedad escolar (id. en 95)
  • Ser acosado físicamente y acosado en línea (id. en 98, 102)
  • Recibir comentarios ofensivos sobre su raza u origen étnico y su orientación sexual percibida o inconformidad de género en su camino hacia o desde la escuela (id. en 135, 137-38, 141, 144).

La intimidación y el acoso pasan factura. En comparación con sus compañeros heterosexuales y cisgénero, los estudiantes LGBTQI+ tienen más probabilidades de tener sentimientos de tristeza y desesperanza que afectan su capacidad de funcionar (id. en 150). Más estudiantes LGBTQI+ también han contemplado o planeado seriamente quitarse la vida (id. en 162, 166). Véase también Departamento de Educación y Departamento de Salud y Servicios Humanos de Maine, LGBT Student Health (2019). No tiene por qué ser así. Los estudiantes LGBTQI+ tienen experiencias más positivas y de apoyo en la escuela cuando los administradores, el personal y los maestros de la escuela conocen a los estudiantes LGBTQI+ y a sus padres o tutores. Con una comprensión más profunda de las experiencias, necesidades y dones de los estudiantes LGBTQI+, los líderes escolares están en mejores condiciones de garantizar la igualdad de trato y oportunidades para todos los estudiantes. Como resultado, los entornos y resultados escolares mejorarán para todos.

Este documento describe algunas de las leyes que refuerzan el trato igualitario para todos los estudiantes y requieren que las escuelas respondan al acoso y la intimidación. Pero recuerde: las leyes deben estar respaldadas por una cultura de inclusión. Todos tienen la responsabilidad de garantizar que todos los jóvenes sean valorados y respetados.

Si está sufriendo acoso o discriminación y le gustaría hablar con alguien sobre su situación, comuníquese con la línea de información legal confidencial y gratuita de GLAD al 1-800-455-GLAD o visite www.gladanswers.org.

MIRAR: Mensaje de regreso a clases para estudiantes trans de los Departamentos de Justicia, Educación, Salud y Servicios Humanos de EE. UU.

Tabla de contenido

Descripción general de la ley de Maine

Descripción general de la ley federal

Descripción general del derecho constitucional

Leyes sobre seguridad escolar

Prevenir e Intervenir en la Discriminación y el Bullying

Prevención

Intervención no legal

Intervención Administrativa y Jurídica

Recursos

Descripción general de la ley de Maine

¿Cómo se aplica la ley contra la discriminación de Maine a la educación?

Según la ley de Maine, los estudiantes no pueden ser tratados de manera diferente, desfavorecidos o excluidos de oportunidades y programas educativos en “instituciones educativas” por ser quienes son.

Esto significa que los estudiantes pueden “participar en todos los programas educativos, de asesoramiento y orientación vocacional y en todos los programas de aprendizaje y capacitación en el trabajo debido a su sexo, orientación sexual, discapacidad física o mental, origen nacional o raza”. 5 Yo. Estadísticas Rev. §4601.

La discriminación por “sexo” incluye la discriminación basada en la identidad y expresión de género.

La educación es tan fundamental para el éxito en la vida que Maine también ha declarado que la oportunidad educativa es un "derecho civil" para cada individuo.

Los individuos son multidimensionales. Por ejemplo, pueden ser LGBTQI+ y negros, latinos, asiáticos, indígenas o de otro modo estudiantes de color, o una persona LGBTQI+ con una discapacidad. Una persona puede sufrir discriminación (trato diferente y desventajoso en comparación con otras) basándose únicamente en su condición de LGBTQI+ o en combinación con otras características personales.

La ley de Maine dice que los estudiantes LGBTQI+ no pueden ser:

  • Excluidos de la corriente educativa principal debido a las percepciones sobre sus capacidades;
  • Sancionado con mayor dureza que otros estudiantes por los mismos actos;
  • Prohibido tomarse de la mano, participar en demostraciones públicas de afecto (PDA) o compartir su identidad si otros estudiantes pueden hacerlo; o
  • Son objeto de un trato degradante (incluidos difamaciones, insultos, burlas, amenazas o agresiones) que interfiere con su capacidad para participar de manera significativa en las actividades académicas y de otro tipo de la escuela.

¿Qué escuelas de Maine están cubiertas por la ley estatal contra la discriminación?

Two non-binary students doing work together in class
Foto de la colección Gender Spectrum

La ley se aplica a:

  • Todas las escuelas públicas;
  • Cualquier escuela privada mixta que esté aprobada para fines de matrícula. (Para conocer los requisitos relacionados con la aprobación de fondos públicos para fines de matrícula por parte de escuelas privadas, consulte 20-A Yo. Estadísticas Rev. segundo. 2951); y
  • Todas las instituciones postsecundarias públicas de Maine, como los colegios comunitarios y las escuelas de la Universidad de Maine. Ver 5 Yo. Estadísticas Rev. segundo. 4553(2-A) (definición de institución educativa).

Cualquier escuela religiosa que sea un “centro educativo propiedad de, controlado u operado por una corporación, asociación o sociedad religiosa genuina” está exenta de la ley de no discriminación en lo que se refiere a la orientación sexual y la identidad y expresión de género. Ver 5 Yo. Estadísticas Rev. segundo. 4602.

¿Cómo define la ley de Maine la orientación sexual y la identidad o expresión de género?

La ley de Maine que prohíbe la discriminación educativa define “orientación sexual” como la “heterosexualidad, bisexualidad, homosexualidad o identidad o expresión de género, real o percibida, de una persona”. Ver 5 Yo. Estadísticas Rev. segundo. 4553(9-C).

La ley define el término. "identidad de género" para significar "la identidad, apariencia, gestos u otras características relacionadas con el género de un individuo, independientemente del sexo asignado al individuo al nacer". Ver 5 Yo. Estadísticas Rev. segundo. 4553(5-C).

La Comisión de Derechos Humanos de Maine ha elaborado esta definición, explicando que “identidad de género” significa “la creencia central sinceramente sostenida por un individuo con respecto a su género, ya sea que ese individuo se identifique como hombre, mujer, una combinación de ambos, ninguno o de alguna otra manera”. " y si eligen utilizar términos "como, por ejemplo... 'queer', 'genderqueer', 'bi-género', 'intersexual' o 'género fluido')”. Ver Comisión de Derechos Humanos de Maine, Memo sobre interpretación de las disposiciones educativas de la MHRA (13 de enero de 2016). La terminología cambia rápidamente y mucha gente ahora usa el término "no binario".

La Comisión de Derechos Humanos de Maine define “expresión de género” como "la expresión externa de un individuo de su identidad de género, a través de medios como la ropa, el peinado, las joyas, la voz y el comportamiento". Véase Comisión de Derechos Humanos de Maine, Memo sobre interpretación de las disposiciones educativas de la MHRA (13 de enero de 2016). (generalmente conocido como Memo Interpretativo del MHRC 2016). A los estudiantes cuya expresión de género algunos consideran “no conforme con el género” a veces se les llama “expansivo de género”.

La Comisión de Derechos Humanos de Maine ha aclarado que el estatuto cubre todas las orientaciones, incluidas, por ejemplo, aquellas que se identifican como asexuales. Consulte el Memorando interpretativo de MHRC 2016.

¿Qué significa decir que una escuela no puede discriminar a un estudiante por su orientación sexual, identidad de género o expresión de género?

En resumen, significa que no puedes ser “segregado o separado de otros estudiantes, ni forzado a ingresar a ciertas escuelas o clases, ni acosado si es por” tu orientación sexual, identidad de género o expresión de género. Véase Comisión de Derechos Humanos de Maine, Derechos de los estudiantes según la Ley de Derechos Humanos de Maine..

La Ley de Derechos Humanos de Maine protege el derecho de los estudiantes, incluidos los estudiantes LGBTQI+, a participar en programas académicos, extracurriculares, atléticos, de investigación, de capacitación ocupacional y todos los demás programas educativos sin discriminación por motivos de su orientación sexual, identidad de género o género. expresión. La ley también protege el derecho de un estudiante a no ser discriminado por su orientación sexual, identidad de género o expresión de género durante el proceso de admisión y en la obtención de ayuda financiera.

Es ilegal en Maine, por motivos de sexo, orientación sexual, identidad de género o expresión de género, que una institución educativa:

  • Excluir a una persona de la participación, negarle los beneficios o someterla a discriminación en cualquier programa o actividad académica, extracurricular, de investigación, de capacitación ocupacional u otro programa o actividad;
  • Negarle a una persona igualdad de oportunidades en programas deportivos;
  •  Aplicar cualquier regla relativa al estado familiar o civil real o potencial de una persona o excluir a cualquier persona de cualquier programa.
    o actividad…;
  • Negar la admisión a la institución o programa o no brindar igualdad de acceso e información sobre una institución o programa a través del reclutamiento; o
  • Negar la disponibilidad y oportunidad de asistencia financiera”. Ver 5 Yo. Estadísticas Rev. segundo. 4602.

En 2019, Maine también promulgó una ley que protege a los jóvenes LGBTQI+ de la práctica de la “terapia de conversión”, mediante la cual los trabajadores sociales escolares, los consejeros escolares y todos los proveedores de salud mental autorizados tienen prohibido intentar cambiar la orientación sexual o el género de un menor. identidad. Ver 32 Yo. Estadísticas Rev. segundo. 3300-G.

¿La ley de Maine protege específicamente el derecho de los estudiantes transgénero y de género expansivo a la igualdad de acceso y la capacidad de participar en igualdad de condiciones en todos los programas escolares?

Sí. Una escuela no puede discriminar a los estudiantes transgénero y de género expansivo ni dejar de tratarlos de acuerdo con su identidad de género. La Comisión de Derechos Humanos de Maine ha publicado una guía oficial sobre cómo las escuelas deben aplicar la Ley de Derechos Humanos de Maine para respetar la identidad de género de los estudiantes. Véase Comisión de Derechos Humanos de Maine, Memo sobre interpretación de las disposiciones educativas de la MHRA (13 de enero de 2016). Bajo la dirección oficial:

Atletismo. "A los estudiantes se les debe permitir competir en equipos de un solo sexo/género en función de su identidad de género". Esta directriz está sujeta a otras leyes y reglas para deportes interescolares. Por ejemplo, la Asociación de Directores de Maine regula el deporte en las escuelas secundarias y supone que los estudiantes participarán de acuerdo con su identidad de género. También requiere que los estudiantes transgénero tengan una evaluación confidencial de cualquier posible problema de ventaja o seguridad atlética. Consulte el Manual de la Asociación de Directores de Maine (2020-2021), 19-20. Hasta la fecha, se ha permitido participar a todos los estudiantes.

La NCAA, que regula los deportes universitarios, protege los derechos de los estudiantes-atletas transgénero a tener igualdad de oportunidades para participar en deportes universitarios. Para los atletas de la NCAA, las mujeres transgénero pueden competir después de un año de supresión de testosterona. Ver Inclusión de estudiantes-atletas transgénero de la NCAA (agosto de 2011).

Through a soccer net, kids in team uniforms play soccer on a bright field
Foto de Alyssa Ledesma

Instalaciones escolares. "A los estudiantes se les debe permitir utilizar los baños, vestuarios y duchas correspondientes a su identidad de género". A los estudiantes “no se les exigirá que utilicen instalaciones correspondientes a su sexo/género de nacimiento asignado, donde su sexo/género de nacimiento asignado y su identidad de género sean diferentes”. Esto también es consistente con el fallo del Tribunal de Justicia de Maine en Doe contra Reg'l Sch. Unidad 26, 86 A.3d 600 (Me. 2014) así como jurisprudencia en tribunales federales de apelaciones. Véase Grimm contra Gloucester Cnty. Sch. Bd., 972 F.3d 586 (4th Cir. 2020), cert. denegado, 2021 US LEXIS 3441 (28 de junio de 2021); Adams ex rel. Kasper contra Sch. Bd. St. Johns Cnty., aplicación de EE. UU. de 2021. LEXIS 20777 (11th Cir. 14 de julio de 2021).

Decenas de administradores escolares de todo el país, incluido Maine, han argumentado que la implementación de políticas escolares inclusivas que permitan a los estudiantes trans acceder a instalaciones y programas escolares consistentes con su identidad de género ha producido “una mejora en la experiencia educativa de todos los estudiantes”. Véase el escrito de los administradores escolares Amici Curiae en apoyo del apelado en 5, Adams ex rel. Kasper contra Sch. Bd. St. Johns Cnty., 968 F.3d 1286 (11.° Cir. 2020) (No. 18-13592); opinión revisada, Aplicación de EE. UU. 2021. LEXIS 20777 (11.º Cir. 14 de julio de 2021).

La orientación de la Asociación Nacional de Juntas Escolares también alienta a las escuelas a esperar regulaciones y pautas federales “que requieran expresamente que las escuelas permitan a los estudiantes usar baños y vestuarios que sean consistentes con su identidad de género”. Véase Asociación Nacional de Juntas Escolares, Orden ejecutiva sobre prevención y lucha contra la discriminación basada en la identidad de género o la orientación sexual (20 de enero de 2021), 2.

Nombres y pronombres. La Comisión de Derechos Humanos de Maine sugiere que un estudiante notifique claramente a su escuela, por escrito, que está solicitando al personal de la escuela que utilice el nombre y los pronombres elegidos por el estudiante. Luego, en el futuro, la escuela y su personal “utilizarán el nombre preferido del estudiante y los pronombres consistentes con su identidad de género” en todos los documentos y en todas las comunicaciones. La única excepción a esta regla es el expediente oficial del estudiante, que debe contener el nombre legal del estudiante a menos que lo cambie por orden judicial.

Esta guía también sugiere que los empleados “deben dirigirse al estudiante por el nombre elegido y utilizar pronombres consistentes con la identidad de género del estudiante”.

A petición de los estudiantes, la escuela también debe "instruir a sus estudiantes a dirigirse al estudiante por el nombre elegido por el estudiante y utilizar pronombres consistentes con la identidad de género del estudiante". El “patrón de negativa de una escuela a reconocer la identidad de género de un estudiante” como lo demuestra la falta de uso de “el nombre y los pronombres elegidos” puede constituir una violación de la Ley de Derechos Humanos de Maine. Extender este respeto a los jóvenes afecta su entorno educativo y sus oportunidades de aprender.

“Los niños necesitan ser respetados en la escuela para poder participar y aprender en la escuela. No se trata de lo que los adultos piensan sobre el viaje que emprenden estos niños; lo que importa es lo que el estudiante necesita”.
– B., padre de un estudiante transgénero de secundaria en el condado de York

Aspecto del estudiante. Todos los estudiantes tienen derecho a expresarse dentro de los límites autorizados por la escuela. Como explica la guía oficial, a los estudiantes “se les debe permitir vestirse de manera consistente con [su] identidad de género”. Si la escuela tiene un código de vestimenta, “el código de vestimenta debe aplicarse al estudiante de manera consistente con su identidad de género”.

Conflicto con los padres. “En el caso de que el estudiante y su padre/tutor legal no estén de acuerdo con respecto a la orientación sexual, identidad de género o expresión de género del estudiante, la institución educativa debe, siempre que sea posible, cumplir con los deseos del estudiante con respecto [a ] su identidad y expresión de género en la escuela”. (énfasis añadido). El personal de la escuela ya no necesita el permiso de los padres para utilizar el apodo de un niño en la escuela. Esta guía refleja la obligación de la escuela de proteger el derecho del estudiante a asistir a una escuela con un "ambiente de aprendizaje inclusivo". Ver 20-A Yo. Estadísticas Rev. segundo. 6554(1)

Descripción general de la ley federal

¿Existe alguna ley federal que prohíba la discriminación basada en la orientación sexual o la identidad o expresión de género?

Sí. El Título IX de la Ley de Enmiendas a la Educación de 1972 es una ley federal que prohíbe la discriminación “por motivos de sexo” en las escuelas que reciben fondos federales. Véase 20 USC§ 1681..

Las escuelas no pueden tratar a una persona de manera diferente según su sexo ni limitar de otro modo el acceso a oportunidades según su sexo. Véase 34 CFR § 106.31. La discriminación sexual puede incluir disciplina discriminatoria, acoso y violencia sexual, y acceso desigual a recursos educativos u oportunidades deportivas por motivos de sexo. Consulte la siguiente sección para conocer la definición de sexo.

El Título IX también prohíbe la discriminación basada en el embarazo o el estado familiar de una estudiante.

Las protecciones del Título IX se extienden más allá de los estudiantes y también protegen a los empleados escolares y a los padres/tutores de la discriminación por motivos de sexo. Consulte Oficina de Derechos Civiles, Departamento de Educación de EE. UU., Discriminación sexual: preguntas frecuentes (15 de junio de 2021).

Dos tribunales federales de apelación han confirmado los derechos de los estudiantes transgénero (bajo la Constitución de los Estados Unidos y, en un caso, bajo el Título IX) a participar en actividades escolares y acceder a las instalaciones escolares de acuerdo con su identidad de género. En Grimm, un estudiante trans demandó a su junta escolar después de que se negaron a permitirle usar el baño de hombres. El Cuarto Circuito concluyó que la negativa de la junta escolar violaba la Cláusula de Igualdad de Protección de la Decimocuarta Enmienda y el Título IX. La Corte Suprema decidió no aceptar el caso, dejando vigente la decisión del Cuarto Circuito. Véase Grimm contra Gloucester Cnty. Sch. Bd., 972 F.3d 586, 593–94 (4th Cir.2020), cert. denegado, 2021 US LEXIS 3441 (28 de junio de 2021).

En adams, un estudiante trans también demandó a su junta escolar por negarle el acceso al baño de hombres. El Undécimo Circuito falló que la política de la junta escolar violaba sus derechos constitucionales de igual protección. Sin embargo, el tribunal en pleno revisó el caso nuevamente y falló en contra de Adams, con fuertes opiniones disidentes

Otro tribunal federal dictaminó que la primera prohibición en el país de Idaho de que niñas y mujeres transgénero participaran en deportes, en consonancia con su identidad de género, violaba el Título IX. Hecox contra Little, 479 F. Supp. 3d 930 (D.ID 2020);(remitido al Tribunal de Distrito para abordar la situación a la luz del cambio de circunstancias). Ver también Caso WV de 7.21.

Además, un tribunal de distrito federal en Virginia Occidental emitió recientemente una orden judicial preliminar que impide que la prohibición de deportes de ese estado entre en vigor contra un estudiante transgénero. El juez concluyó que era probable que el estudiante tuviera éxito por dos motivos. En primer lugar, la prohibición, tal como se aplica al estudiante, "no está sustancialmente relacionada con la protección de las oportunidades de las niñas en el atletismo o su seguridad física cuando participan en deportes". Como tal, es probable que el estudiante logre demostrar que la prohibición viola la Cláusula de Igualdad de Protección de la Decimocuarta Enmienda. En segundo lugar, la prohibición excluye a la estudiante del atletismo escolar por motivos de sexo y, por lo tanto, es probable que la estudiante tenga éxito en su reclamo del Título IX. Ver BPJ y cols. contra el estado de Virginia Occidental Bd. de Educa., No. 2:21-cv-00316 (SDW Va. 21 de julio de 2021) (orden que otorga una medida cautelar preliminar). Esta es un área que cambia rápidamente; póngase en contacto con GLAD para obtener más información.

¿Qué escuelas están cubiertas por los requisitos del Título IX?

Dado que el gobierno federal proporciona fondos para muchas escuelas, el Título IX se aplica a todas las escuelas públicas y a muchas escuelas privadas. El Título IX también se aplica a todos los colegios y universidades públicas y prácticamente a todos los colegios y universidades privadas. Ver Oficina de Derechos Civiles, Departamento de Educación de EE. UU., Discriminación sexual: preguntas frecuentes (15 de junio de 2021).

Tenga en cuenta que las escuelas religiosas pueden optar por no recibir las protecciones del Título IX. Ver 34 CFR § 106.12(b). Esta nota es importante ya que no se requiere un aviso oficial de exclusión voluntaria, por lo que es posible que los estudiantes y las familias no sepan que una escuela se ha eximido de las prohibiciones de discriminación sexual.

¿Cómo se relaciona la discriminación sexual con la orientación sexual y la identidad de género?

Profile of Black woman with short pink hair speaking with friends
Foto de Michael Poley de Poley Creative para AllGo

Dado que el Título IX prohíbe a las escuelas tratar a una persona de manera diferente debido a su “sexo”, también prohíbe tratar a una persona de manera diferente debido a su orientación sexual e identidad y expresión de género.

En 2020, la Corte Suprema de Estados Unidos interpretó una disposición diferente del Título VII de la Ley de Derechos Civiles, que aborda la discriminación en el lugar de trabajo debido al “sexo” de la persona. Ver Bostock contra el condado de Clayton, 140 S. CT. 1731 (2020). La Corte Suprema dictaminó que la protección del Título VII contra la discriminación por “sexo” incluye necesariamente una protección contra la discriminación por motivos de orientación sexual o identidad de género. Identificación. en 1741. Términos como “sexo” se interpretan consistentemente en todas las leyes de derechos civiles.

¿Qué dice el Departamento de Educación de Estados Unidos sobre la discriminación contra los jóvenes LGBTQI+?

En junio de 2021, el Departamento de Educación de EE. UU. emitió un Aviso de interpretación anunciando que, de conformidad con bostock, el Departamento interpretará la prohibición de discriminación “por motivos de sexo” del Título IX para incluir la discriminación por motivos de orientación sexual e identidad de género. Véase Departamento de Educación de EE. UU., Aviso de interpretación: Aplicación del Título IX de las enmiendas educativas de 1972 con respecto a la discriminación basada en la orientación sexual y la identidad de género a la luz de Bostock contra el condado de Clayton (16 de junio de 2021). Próximamente se publicarán orientaciones más específicas sobre el acoso sexual en la educación K-12.

El Aviso explica que la Oficina de Derechos Civiles del Departamento “hará cumplir plenamente” esta interpretación del Título IX en parte porque “el trato diferenciado de los estudiantes basado en la identidad de género u orientación sexual puede causar daño”. Al interpretar el Título IX para proteger a los estudiantes de la discriminación, el Departamento cumplirá el propósito del estatuto de "garantizar la igualdad de oportunidades".

La discriminación por motivos de orientación sexual e identidad de género puede incluir casos de “individuos que son acosados, disciplinados de manera discriminatoria, excluidos, negados igual acceso o sometidos a estereotipos sexuales en oportunidades académicas o extracurriculares y otros programas o actividades educativas, se les niegan los beneficios de tales programas o actividades, o se les trata de manera diferente debido a su orientación sexual o identidad de género”.

Descripción general del derecho constitucional

¿Existe alguna protección contra la discriminación por orientación sexual o identidad o expresión de género en virtud de la Constitución de los Estados Unidos?

Sí. La Decimocuarta Enmienda de la Constitución de Estados Unidos garantiza el derecho de todas las personas a “igual protección” ante la ley. Esta garantía se aplica desde hace mucho tiempo a las personas LGBTQI+, por ejemplo Romer contra Evans, 517 Estados Unidos 620 (1996) y a la discriminación por motivos de sexo. Ver, por ejemplo, Craig contra Boren, 429 Estados Unidos 190 (1976).

Cuando un estudiante LGBTQI+ es tratado de manera diferente a otros estudiantes por su escuela por su sexo, orientación sexual o identidad de género, esta discriminación también puede violar la Constitución de los Estados Unidos.

Varios tribunales federales han llegado a la conclusión de que las políticas escolares que exigen que los estudiantes utilicen el baño correspondiente a su “género biológico” constituyen una discriminación basada en el sexo, en violación de la Decimocuarta Enmienda de la Constitución de los Estados Unidos. Grimm contra el condado de Gloucester. Sch. Bd., 972 F.3d 586, 613–15 (4to Cir.2020); Whitaker contra Kenosha Unified Sch. Dist. No. 1 hab. de Educa., 858 F.3d 1034, 1050–54 (7mo Cir.2017).

Por ejemplo, el Tribunal de Apelaciones del Undécimo Circuito concluyó que la política de un distrito escolar que exigía a los estudiantes usar el baño que coincidiera con sus documentos de inscripción en lugar de su identidad de género violaba la Decimocuarta Enmienda. Adams ex rel. Kasper contra Sch. Bd. Condado de St. Johns., Aplicación de EE. UU. de 2021. LEXIS 20777, en *24-25 (11th Cir. 14 de julio de 2021). Cuando una escuela no protege a los estudiantes LGBTQI+ del acoso, pero habría protegido a otros estudiantes del mismo acoso, esta falla también puede violar el derecho constitucional del estudiante LGBTQI+ a igual protección. Véase Nabozny contra Podlesny, 92 F.3d 446 (7th Cir. 1996); ver también Flores contra Morgan Hill Unified Sch. Dist., 324 F.3d 1130, 1135 (9.º Cir.2003) (concluyendo que el hecho de que el distrito escolar no haga cumplir las políticas contra el acoso para proteger a los estudiantes LGBTQI+ podría constituir una violación constitucional).

Hay muchas maneras en que la Constitución aborda los derechos de los estudiantes en las escuelas, desde registros de casilleros hasta la libertad de expresión y la censura. Contacto GLAD Respuestas sobre estas u otras cuestiones.

Leyes sobre seguridad escolar

¿Cómo aborda el Departamento de Educación de Maine la seguridad escolar?

El DOE de Maine se esfuerza por que todos los niños tengan éxito. Este es un compromiso de los líderes y el personal educativo del Estado, y también establece requisitos legales para brindar oportunidades iguales y equitativas a los estudiantes.

Tres de los centros relevantes del DOE de Maine son:

MDOE pide a las escuelas, su personal y sus estudiantes que apoyen el “bienestar social y emocional de los estudiantes”, que afirmen la “responsabilidad de cada persona de ayudar a crear y mantener un ambiente escolar saludable” y que fomenten un compromiso individual con el bienestar de cada niño. bienestar. Véase Centro de Seguridad Escolar de Maine, Declaración de Creencias ¶ 1-2.

El MDOE ubica un compromiso compartido con los jóvenes en el centro de lo que creará un entorno “acogedor, seguro y protegido” para que los estudiantes, el personal, los padres y los visitantes puedan hacer de las escuelas lugares de crecimiento, prosperidad y éxito. . Centro de seguridad escolar de Maine, Visión. Además de la prevención, en el sitio de Apoyo Escolar y Estudiantil se aborda una amplia gama de intervenciones que abordan temas como el aprendizaje social y emocional, prácticas informadas sobre el trauma, la salud física y mental, el acoso escolar, la enfermería escolar y la equidad. La Asociación Nacional de Directores de Escuelas Secundarias es una de las muchas organizaciones de educadores que apoya la equidad para los estudiantes y el personal LGBTQ+.

Con estos fines, el MDOE busca hacer que las escuelas sean "lo más seguras posible" con un "nivel de seguridad física y emocional que todos los padres desean para sus hijos". La cultura escolar y la perspectiva de la escuela sobre la disciplina están íntimamente conectadas.

Según el MDOE:

“El ambiente escolar, la cultura, los enfoques de la disciplina y la interfaz con la comunidad son cruciales para el bienestar de todos los estudiantes, y particularmente para aquellos estudiantes que están alejados del programa escolar y aquellos con problemas de conducta y/o salud mental. " "Las escuelas y comunidades son responsables de determinar cómo colaborarán para crear un enfoque sistemático para la seguridad escolar".

“Para crear un ambiente escolar saludable y reducir los comportamientos amenazantes, las escuelas y comunidades deben:

  • Esforzarse por adoptar prácticas integrales, prometedoras y basadas en evidencia que reduzcan la violencia abordando con éxito los conflictos y resolviendo los problemas; identificar tempranamente a los jóvenes en riesgo; prestación de servicios integrales y de salud conductual; y aprovechar las fortalezas de las familias y los jóvenes que buscan la educación y las habilidades para llevar una vida segura y plena.
  • Priorizar la capacitación para quienes trabajan en las escuelas y con los estudiantes, incluido el personal encargado de hacer cumplir la ley y los oficiales de recursos escolares, en enfoques sensibles al desarrollo, colaborativos, proactivos, restaurativos, positivos, orientados a las relaciones y que mejoren la comunicación que ayuden a los estudiantes con desafíos de conducta.
  • Rechazar políticas y prácticas que tengan la consecuencia no deseada de aumentar el número de jóvenes que entran en contacto innecesariamente con las autoridades, los tribunales y el sistema de justicia.
  • Adoptar políticas y prácticas que estén estructuradas para evolucionar continuamente en función de nuevos datos y necesidades de la comunidad.
  • Adoptar políticas y prácticas que ofrezcan a los estudiantes apoyos y programas de aprendizaje conductuales, sociales y emocionales.
  • Adoptar políticas y prácticas que incluyan la prevención del abuso de sustancias.
  • Utilizar las prácticas más actualizadas para garantizar la seguridad de las escuelas para incluir evaluaciones continuas del sitio, endurecimiento de objetivos, procedimientos, protocolos y políticas. El aprendizaje continuo es necesario para mantener las prácticas más actuales en todos los ámbitos, tanto de salud mental como táctica”.

¿Qué leyes de Maine son relevantes en materia de intimidación, acoso y discriminación?

A young transgender woman looking at her reflection in a bathroom mirror
Foto de la colección Gender Spectrum

Hay tres leyes en particular que son relevantes para la intimidación, el acoso y la discriminación en las escuelas de Maine.

  1. Maine aprobó una ley integral contra el acoso escolar en 2012, que se analiza en detalle en la sección siguiente. Ver 20-A Yo. Estadísticas Rev. segundo. 6554.
  2. La Ley de Derechos Humanos de Maine, analizada anteriormente en la descripción general de la ley de Maine, protege el derecho de los estudiantes a no sufrir discriminación en la educación. Ver 5 Yo. Estadísticas Rev. segundo. 4601.
  3. Según la Ley de Derechos Humanos de Maine, la discriminación por motivos de sexo también puede incluir acoso sexual o violencia sexual. Ver 5 Yo. Estadísticas Rev. segundo. 4602.

¿Qué protección brinda la ley anti-bullying de Maine a los estudiantes de escuelas públicas?

En 2012, Maine aprobó una ley integral contra el acoso, que prohíbe el acoso en los terrenos escolares y, a veces, fuera de los terrenos escolares cuando el comportamiento está vinculado a los derechos del estudiante en la escuela. Ver 20-A Yo. Estadísticas Rev. segundo. 6554(3). La ley contra el acoso establece: "Todos los estudiantes tienen derecho a asistir a escuelas públicas que sean entornos seguros y pacíficos".

La Corte Suprema de Estados Unidos reafirmó recientemente que “las escuelas tienen la responsabilidad de responder a conductas dañinas dirigidas a un estudiante”. Área de Mahanoy Sch. Dist. contra BL, 141 S. Ct. 2038 (2021). Si bien ese caso involucró preguntas sobre la capacidad de una escuela para regular el discurso que ocurre en las instalaciones escolares versus el discurso que ocurre fuera de las instalaciones escolares, el Tribunal acordó que las escuelas pueden regular "el acoso o la intimidación grave o severo dirigido a individuos específicos". Identificación. a las 12.

La ley anti-bullying de Maine también se destaca en la Sitio web del DOE. Este sitio incluye información sobre la ley y las políticas, así como datos reportados al Estado sobre incidentes de acoso y herramientas para la prevención. De manera similar, el Centro de Seguridad también brinda servicios a las escuelas, incluida capacitación, evaluaciones del clima escolar y del sitio, y evaluaciones de amenazas y salud mental.

¿Qué tipos de acoso prohíbe la ley?

El acoso escolar a menudo se superpone con el acoso y la discriminación, y la Legislatura consideró importante aclarar que, como quiera que se llame, no es aceptable señalar a las personas por sus “características personales”. La ley anti-bullying prohíbe el acoso basado en:

“La raza real o percibida de un estudiante; color; religión; origen nacional; ascendencia o etnia; orientación sexual; Estatus socioeconómico; edad; discapacidad física, mental, emocional o de aprendizaje; género; identidad y expresión de género; apariencia física; peso; estado familiar; u otras características personales distintivas”. Ver 20-A Yo. Estadísticas Rev. segundo. 6554(1).

La ley prohíbe el acoso basado en la orientación sexual o la identidad y expresión de género real o percibida de un estudiante, o la asociación con otra persona con una o más de estas características reales o percibidas. Ver 20-A Yo. Estadísticas Rev. segundo. 6554(2)(B)(3)

El acoso incluye, entre otros, cualquier comunicación (escrita, oral o electrónica) o acto físico o gesto que:

  • Le daña a usted o a su propiedad, o le genera un temor razonable de sufrir daño;
  • Crea un ambiente escolar intimidante u hostil; o
  • Interfiere con su rendimiento académico o su capacidad para participar en actividades escolares. Ver 20-A Yo. Estadísticas Rev. segundo. 6554(2)(B)

¿Dónde están los estudiantes protegidos por la ley?

La ley prohíbe el acoso escolar en terrenos escolares, que incluyen, además de la escuela y sus propiedades circundantes:

  • Vehículos de transporte relacionados con la escuela;
  • Otras propiedades donde se llevan a cabo actividades, funciones, programas, instrucción o capacitación patrocinados por la escuela; y
  • En cualquier otro lugar o “mediante el uso de tecnología” si ese acoso interfiere con la participación o el desempeño de un estudiante en la escuela o crea un ambiente hostil en la escuela para el estudiante. 20-A Yo. Estadísticas Rev. §§6554(3); (2)(E); (2)(B)(2); y (4)(B).

¿Qué medidas debe tomar una escuela para cumplir con la ley antibullying?

La ley también exige que las escuelas tomen medidas positivas para abordar el problema del acoso. Las escuelas deben desarrollar políticas y procedimientos para prevenir el acoso y el ciberacoso y abordarlos cuando ocurran. Ver 20-A Yo. Estadísticas Rev. §§6554(5) – (9).

El enfoque de una escuela para la prevención y reparación del acoso también debe incluir las recomendaciones del Centro de Seguridad Escolar del MDOE. Podemos esperar que el MDOE brinde más aclaraciones sobre cómo se pueden abordar tanto la seguridad como el acoso.

Según la ley contra el acoso escolar, las escuelas deben:

  • Proteger a todos los estudiantes, independientemente de su orientación sexual o identidad o expresión de género, contra el acoso, el acoso cibernético, el acoso y el acoso sexual.
  • Emitir una política clara que prohíba la intimidación, el acoso, el acoso sexual y las represalias por denunciar incidentes de dicho comportamiento. La política debe proporcionar consecuencias disciplinarias por intimidación.
    • El Departamento de Educación de Maine publica una Política Modelo para la prevención del acoso y el ciberacoso en las escuelas. Se puede descargar desde la página del Departamento de Educación. Sitio web de prevención del acoso escolar.
  • Establecer procedimientos para investigar y responder con prontitud a incidentes de intimidación, incluida la documentación escrita de los incidentes y el resultado de las investigaciones.
  • Desarrollar y administrar formas de remediar incidentes de acoso para contrarrestar el impacto negativo del acoso y reducir el riesgo de acoso en el futuro. Este proceso puede incluir formas alternativas de disciplina y prácticas escolares restaurativas para reparar el daño causado por la mala conducta del estudiante.
    • La escuela también debe proporcionar servicios de reducción de daños y referencias para todos los estudiantes involucrados en incidentes de acoso.
    • La escuela también debe establecer un proceso para comunicar a los padres de un estudiante que ha sido acosado los pasos tomados por la escuela para garantizar la seguridad del estudiante y prevenir futuros actos de acoso. La escuela también debe proporcionar servicios de reducción de daños y referencias para todos los estudiantes involucrados en incidentes de acoso.
  • La escuela también debe establecer un proceso para comunicar a los padres de un estudiante que ha sido acosado los pasos tomados por la escuela para garantizar la seguridad del estudiante y prevenir futuros actos de acoso.
  • Exigir que todos los miembros del personal, entrenadores y asesores de la escuela informen los incidentes de intimidación al director u otro personal de la escuela.
  • Proporcionar capacitación a los miembros del personal sobre las políticas de intimidación y las obligaciones bajo la ley.
  • Proporcionar la política contra el acoso anualmente a todos los estudiantes, padres y personal.
  • Presentar un informe anual al Departamento de Educación del estado que describa la naturaleza de los incidentes de intimidación y las consecuencias y acciones tomadas por la escuela para abordar el incidente. Ver 20-A Yo. Estadísticas Rev. segundo. 254(11-A)(A).

Prevenir e Intervenir en Discriminación y Bullying:
Pasos recomendados para todos los estudiantes, incluidos los estudiantes LGBTQI+

Prevención

¿Cómo puedo prevenir el acoso, la intimidación y la discriminación en la escuela?

Hay una serie de leyes que prohíben la intimidación, el acoso y la discriminación en la escuela, muchas de las cuales se describen con mayor detalle en la sección anterior. La Sección de Oportunidades Educativas de la División de Derechos Civiles del Departamento de Justicia de EE.UU. y la Oficina de Derechos Civiles del Departamento de Educación de EE.UU. también han afirmado que harán cumplir la ley cuando las escuelas no cumplan con sus obligaciones al no garantizar una escuela segura. ambiente para todos los estudiantes, incluidos los estudiantes LGBTQI+, en todos los aspectos de la educación. Véase Departamento de Justicia y Departamento de Educación de EE. UU., Enfrentando el acoso anti-LGBTQI+ en las escuelas. Ver también Departamento de Educación de EE. UU., Título IX y discriminación sexual (junio de 2021).

Las escuelas que no protegen a los estudiantes del acoso, la intimidación y la discriminación anti-LGBTQI+ se exponen a responsabilidades legales. Entre estos están:

Las escuelas pueden tomar medidas para cumplir con sus obligaciones legales mediante la promulgación de políticas que promuevan la inclusión y prevengan la intimidación, el acoso y la discriminación. Los estudiantes pueden abogar por dichas políticas si aún no existen.

Además de mejorar las políticas, las escuelas pueden prevenir el acoso, la intimidación y la discriminación tomando las siguientes medidas:

¿Qué deberían considerar las escuelas al diseñar políticas sólidas que promuevan la inclusión y prevengan el acoso, la intimidación y la discriminación?

Una buena política es explícita sobre la inclusión de personas LGBTQI+, y esa política será evidente en las políticas escolares y distritales, en el sitio web y en las reglas, manuales y otros materiales de circulación general de la escuela.

Estos puntos se escribieron originalmente para promover la inclusión trans, pero pueden adaptarse para aplicarse de manera más amplia:

  • Establece sus objetivos y proporciona liderazgo al reconocer la obligación de la escuela de crear un ambiente de aprendizaje seguro e inclusivo en la escuela apoyando la identidad del estudiante, incluida su identidad de género, de maneras que sean apropiadas para su edad y desarrollo. Todos los estudiantes deben ser tratados con dignidad y respeto.
  • Establece definiciones claras de términos clave, ya que muchas personas anhelan información y vocabulario sobre orientación sexual, identidad de género y expresión de género.
  • Proporciona la oportunidad de desarrollar un plan de apoyo individual para el estudiante y acepta la afirmación de identidad de género del estudiante cuando se afirma consistentemente.
    • La política debe dejar claro que una escuela puede solicitar pruebas adicionales si existe una “razón objetiva y creíble” para creer que la identidad de género de un estudiante se está afirmando con un propósito inadecuado. Véase Comisión de Derechos Humanos de Maine, Memo sobre interpretación de las disposiciones educativas de la MHRA (13 de enero de 2016).
    • Es posible que una escuela no requiera registros médicos de los estudiantes. Un estudiante puede proporcionar una declaración escrita de un proveedor de atención médica, un documento que muestre el marcador de género correcto y/o una declaración de un familiar o de un adulto cercano a él que conozca su identidad de género fundamental.
Young woman glancing at her phone with friend in the background
Foto de Samantha Sofía
  • Respeta la información personal del estudiante, incluida la divulgación de su identidad de género u orientación sexual en la escuela. En caso de que el estudiante no haya revelado su estado a sus padres o tutores, la escuela lo ayudará a elaborar un plan para hacerlo.
  • Como cuestión de equidad, oportunidad y participación de los estudiantes, exige que el distrito escolar utilice el nombre expresado y los pronombres del estudiante en todos los documentos (por ejemplo, identificación escolar, listas de clases, certificados, diplomas, anuarios), excluyendo el expediente oficial del estudiante, que debe llevar su nombre legal a menos que sea modificado por orden judicial.
  • Garantiza que los estudiantes puedan usar los baños, vestuarios y vestuarios correspondientes a su identidad de género.
  • Requiere capacitación anual del personal sobre la política. Además, las escuelas y los distritos deben diseñar e implementar programas de desarrollo profesional que equipen a los docentes y administradores con herramientas y conocimientos para interactuar y apoyar a los estudiantes LGBTQI+. Véase Asociación Nacional de Juntas Escolares, Bridging the Gap: Professional Development and LGBTQ Youth (1 de febrero de 2021).
  • Requiere la publicación y difusión de la política en Internet, en manuales y a la comunidad.
  • Identifica al personal que está obligado a responder a quejas de acoso, intimidación o discriminación y los procedimientos para abordar dichas quejas. En el contexto del Título IX, el Centro Nacional de Derecho de la Mujer alienta a las escuelas a recordar las tres P: un distrito escolar debe haber designado a una persona para responder a las quejas, una política contra la discriminación sexual y un procedimiento para abordar las quejas. Véase el Centro Nacional de Derecho de la Mujer, Déjala aprender: un conjunto de herramientas para detener el rechazo escolar de las niñas que han sufrido acoso sexual (octubre de 2018).
  • Implementa programas de justicia restaurativa e intervenciones de comportamiento positivo para mejorar el clima escolar y abordar la causa fundamental del acoso. Las políticas de “tolerancia cero” que castigan a los estudiantes por acoso con suspensión y expulsión degradan el clima escolar y crean daños profundos para los estudiantes a corto y largo plazo. Estos castigos también se utilizan de manera desproporcionada contra estudiantes LGBTQ, estudiantes de color y estudiantes con discapacidades. Consulte Escuelas en transición: Apoyo a estudiantes transgénero en escuelas K-12, 30.

¿Existen ejemplos de políticas sólidas que promuevan la inclusión y prevengan el acoso, la intimidación y la discriminación?

Sí. El Distrito de Administración Escolar de Maine (MSAD) 30 en el condado de Penobscot tiene políticas estrictas de la ACAA relacionadas con el acoso, incluido el acoso sexual de los estudiantes. Ver MSAD 30, Acoso y Acoso Sexual a Estudiantes. MSAD 30 también tiene directrices sólidas para fomentar un entorno de aprendizaje seguro e inclusivo para estudiantes transgénero y de género no conforme. Ver MSAD 30, Directrices para estudiantes transgénero y no conformes con su género.

Para obtener apoyo adicional al diseñar políticas inclusivas, considere los siguientes recursos.

Intervención no legal

¿Qué puedo hacer si me discriminan en la escuela?

Busque apoyo. Es difícil para todos los que se sienten maltratados o marginados en la escuela. Para los estudiantes, es importante comunicarse con amigos, familiares y personal de la escuela para obtener apoyo y resolución de problemas.

Encuentra a alguien con quien te sientas seguro. Si no sabe a quién acudir, considere a la enfermera de la escuela, al trabajador social, al consejero u otras personas que lo conozcan y que sean abiertas y apoyen a las personas LGBTQI+.

Háblalo con tus aliados. Las escuelas invierten en garantizar que sus estudiantes, todos ellos, prosperen. Si el personal de la escuela sabe lo que está pasando, es posible que puedan intervenir informalmente y poner fin a la situación.
comportamiento preocupante. Necesitan saber qué está sucediendo y que el comportamiento le está molestando para que pueda hablar sobre ello, identificar algunas estrategias de afrontamiento y restablecer su sentido de pertenencia y seguridad.

Si cree que el comportamiento hacia usted se debe a su identidad (incluida su orientación sexual, identidad de género, expresión de género) o cualquier otra característica personal, es imperativo que busque apoyo.

Utilice políticas y leyes. Las leyes, políticas y orientaciones federales y de Maine pueden ayudarle a establecer expectativas básicas sobre su tiempo en la escuela. Como mínimo, las escuelas deberían dar la bienvenida a todos los jóvenes y tratarlos con respeto. Sin embargo, los estudiantes, sus familias, el personal escolar y la comunidad deben trabajar de manera proactiva para crear una cultura escolar inclusiva que cumpla, e incluso supere, las expectativas mínimas establecidas por la ley.

Las leyes federales y de Maine, así como las políticas y directrices del MDOE y el MHRC, establecen expectativas sobre cómo se da la bienvenida y el trato a los jóvenes en la escuela. Al mismo tiempo, se necesitan estudiantes, sus familias, el personal de la escuela y la comunidad para hacer realidad esas expectativas. Cuando los medios de reparación fallan, o cuando el comportamiento hacia un estudiante es lo suficientemente grave o generalizado como para privarlo de la oportunidad de aprender y participar en las mismas condiciones que los demás, la ley puede proporcionar una herramienta para solucionar el problema.

¿El comportamiento se eleva a un nivel en el que estás sentirse inseguro en la escuela, incapaz de participar en o te concentras en tus clases, o estás evitando la escuela o actividades en la escuela?
Si es así, consulte las políticas de su escuela (como el manual del estudiante o la política de no discriminación de la escuela) y asegúrese de seguir las instrucciones sobre a quién notificar y cómo. Esta persona podría ser, por ejemplo, un subdirector o un coordinador del Título IX u otros.

Es muy importante informar al personal y a la administración de la escuela, incluso según lo exige el Manual, sobre el acoso, la intimidación u otra discriminación que esté experimentando. Es difícil intentar remediar una situación sin saberlo. Lo mejor es hacerlo en persona o por escrito (a mano, digitalmente) o ambos. Comparta las fechas, la ubicación, los participantes y las circunstancias de los incidentes de acoso o discriminación lo mejor que pueda.

Tenga en cuenta que es siempre Es útil tener un registro escrito, incluidas las comunicaciones electrónicas de todo tipo, para que no haya confusión más adelante.

Asegúrese de llevar un registro, por escrito, de lo que compartido con los funcionarios escolares. Por ejemplo, si se reúne con un miembro del personal que está investigando la situación, escriba notas sobre cuándo se conocieron, qué compartió con ellos y qué dijeron sobre las opciones y sobre cómo responderle.

Intervención Administrativa y Jurídica

La ley contra el acoso escolar de Maine no proporciona un mecanismo legal para demandar a otros estudiantes o profesores. Sin embargo, puede presentar una queja por discriminación contra su escuela y sus líderes si su escuela no responde ni rectifica el acoso, la discriminación y la intimidación. Antes de presentar una denuncia por discriminación, debe notificar a la administración de la escuela y darles la oportunidad de abordar la situación.

Puede comunicarse con el Departamento de Educación de Maine para obtener más información al (207) 624-6600 (pregunte por el Oficial de Acción Afirmativa). Las quejas al Departamento de Educación deben presentarse dentro de los 180 días posteriores a la fecha en que ocurrió la discriminación o el acoso.

Si cree que sus derechos han sido violados según la ley antidiscriminación de Maine, puede presentar una queja ante la Comisión de Derechos Humanos de Maine. (Los estudiantes menores de 18 años deberán pedir a sus padres/tutores que presenten la queja). Las quejas deben enviarse a:

Comisión de Derechos Humanos de Maine
51 Estación de la Casa de Estado
Augusta, Maine 04333
www.maine.gov/mhrc/

La denuncia debe presentarse ante la MHRC dentro de los 300 días posteriores al último acto discriminatorio. Ver 5 Yo. Estadísticas Rev. segundo. 4611.

Si cree que se han violado sus derechos bajo el Título IX, puede presentar una queja al coordinador del Título IX de su escuela. También puede presentar una queja ante el Departamento de Educación federal:

Oficina de Derechos Civiles, Oficina de Boston Departamento de Educación de EE. UU.
5 Plaza de Correos, 8.º piso
Boston, MA 02109-3921
Formulario en linea

Si todas estas acciones fracasan, es posible que también desee considerar emprender acciones legales. Esta área de la ley es complicada y emocionalmente desafiante. Puede comunicarse con GLAD para obtener más información y referencias de abogados:

ALEGRE Respuestas
(800) 455-CONTENTO (4523)
GLADAnswers.org

Recursos

Proteja sus derechos

Comisión de Derechos Humanos de Maine
(207) 624-6290
www.state.me.us/mhrc

Departamento de Educación de Maine
(207) 624-6600
www.maine.gov/doe

Oficina de Derechos Civiles del Departamento de Educación de EE. UU.
(617) 289-0111
OCR.Boston@ed.gov

Más sobre sus derechos

Texto completo de la ley contra el acoso escolar de Maine
Página web de derechos de los estudiantes de Maine de GLAD
Página web de GLAD sobre los derechos de los estudiantes

Grupos de defensa LGBTQI+

Abogados y defensores legales GLBTQ (CONTENTO)
GLAD Respuestas: (800) 455-GLAD (4523)
www.gladanswers.org
Generales: (617) 426-1350
www.gladlaw.org

Igualdad Maine
(207) 761-3732
www.igualdadmaine.org

Red transgénero de Maine
www.mainetransnet.net
www.mainetrans.net/contacto

PFLAG Portland
(207) 831-3015
portlandmainepflag@gmail.com

Grupos locales de jóvenes LGBTQI+

FUERA Maine
(800) 530-6997
info@outmaine.org
www.outmaine.org

Nuevos comienzos
(207) 795-4077
www.newbeginmaine.org

Portland absoluta
(207) 558-2429
www.portlandoutright.org

Total Los Ángeles
(207) 795-8956
www.outrightla.org

Otros recursos

Centro Frannie Peabody
Prueba de VIH: (207) 749-6818
prevención@peabodycenter.org

Red de acción juvenil de Maine
www.myan.org

Coalición de Maine para poner fin a la violencia doméstica (MCEDV)
Línea de ayuda: (866) 834-HELP (4357)
Generales: (207) 430-8334
info@mcedv.org
www.mcedv.org

Coalición de Maine contra la agresión sexual
(MECASA)
800-871-7741
www.mecasa.org

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