Pasos a seguir si está siendo acosado en prisión

La Ley General de Massachusetts, Capítulo 124, Sección 1, requiere que el Comisionado Correccional investigue las denuncias de mala conducta en cárceles y prisiones.


Si siente que está siendo acosado, ya sea por sus compañeros de prisión o por los funcionarios de la prisión, puede presentar una queja. Una queja es una queja sobre sus condiciones o tratamiento (consulte el modelo de queja adjunto).


La política de no discriminación del Departamento Correccional no incluye la orientación sexual, pero la Ley General de Massachusetts, Capítulo 127, Sección 32 exige que todos los prisioneros sean tratados “por igual y con amabilidad”.


Las regulaciones penitenciarias se encuentran en el Código de Regulaciones de Massachusetts (CMR). Como prisionero, se le debe permitir ver el CMR si lo solicita.


103 CMR 934 cubre sus derechos legales. Algunas de las cosas que debes saber son:

  • Debe haber una política escrita que explique su derecho a hablar con un abogado.
  • Debe haber una política escrita que explique su derecho a buscar ayuda del tribunal o de funcionarios gubernamentales.
  • Debe haber un programa que le ayude a preparar y presentar documentos legales. Esta ayuda puede ser una biblioteca jurídica y suministros para completar documentos legales, o un programa que le permita reunirse con un abogado para discutir su problema.
  • Debe haber una política de quejas que le permita presentar quejas y lograr que sean escuchadas y resueltas.
  • NO PUEDE ser castigado por presentar una queja o queja.

Derechos de visita a prisión

El Código de Regulaciones de Massachusetts (CMR) cubre la política de visitas a prisión.
Si está encarcelado en una instalación estatal, se aplica 103 CMR 483.16.
Si se encuentra en una instalación del condado, se aplica 103 CMR 950.05.
Estos reglamentos deben estar disponibles para usted si solicita verlos.

Las reglas no limitan quién puede visitar, pero sí permiten a los funcionarios de prisiones una amplia discreción para finalizar o prohibir las visitas. La regla establece que “los visitantes deberán comportarse de manera razonable y no tener contacto físico con los reclusos que sea excesivo o inapropiado para un lugar público”. (103 CMR 483.15). Un funcionario penitenciario homofóbico podría intentar utilizar esta regla para evitar que el amante del mismo sexo de un prisionero lo visite.

Si alguien lo visita (pareja, amante, amigo) y, después de algún contacto físico (un beso, abrazo), sus derechos de visita se suspenden o finalizan por completo, usted y su visitante tienen derecho a intentar restablecer los derechos de visita. .


El visitante:

  • Se debe dar una razón para la suspensión o prohibición de la visita, en la mayoría de los casos.
  • El superintendente de la prisión debe informarle, dentro de una semana, si podrá comenzar a visitarlo nuevamente y cuándo, o si habrá restricciones a las visitas.
  • Podrá, dentro de quince días hábiles, solicitar una revisión de las restricciones de visitas y obtener una audiencia con el Superintendente.
  • Debe obtener una copia de la decisión del superintendente de la prisión.
  • Puede presentar una queja. Una queja es una queja sobre sus condiciones o tratamiento (consulte el modelo de queja adjunto).


El PRESO:

  • Debe obtener una copia de la decisión del superintendente de la prisión.
  • Puede presentar una queja. Una queja es una queja sobre sus condiciones o tratamiento (consulte el ejemplo
    queja adjunta).

La política de no discriminación del Departamento Correccional no incluye la orientación sexual, pero Massachusetts
La Ley General, Capítulo 127, Sección 32 exige que todos los prisioneros sean tratados “igualmente y con amabilidad”.

Las regulaciones penitenciarias se encuentran en el Código de Regulaciones de Massachusetts (CMR). Como prisionero, debes ser
Se le permite ver el CMR si lo solicita.

103 CMR 934 cubre sus derechos legales. Algunas de las cosas que debes saber son:

  • Debe haber una política escrita que explique su derecho a hablar con un abogado.
  • Debe haber una política escrita que explique su derecho a buscar ayuda del tribunal o de funcionarios gubernamentales.
  • Debe haber un programa que le ayude a preparar y presentar documentos legales. Esta ayuda puede ser una biblioteca de derecho.
    y suministros para completar documentos legales, o un programa que le permita reunirse con un abogado para discutir su
    problema.
  • Debe haber una política de quejas que le permita presentar quejas y hacer que esas quejas sean escuchadas y
    resuelto.
  • NO PUEDE ser castigado por presentar una queja o queja.

Ejemplo de queja

Yo, el recluso John/Jane, fui acosado/amenazado/agredido físicamente debido a mi orientación sexual por [nombre(s) de la(s) persona(s) involucrada(s)] en [fecha(s) en que tuvieron lugar los actos].

Cuando escriba una queja, asegúrese de incluir tanta información como pueda recordar. Incluya en su queja:

  • qué sucedió
  • cuando paso
  • quién lo hizo
  • dónde sucedió
  • lo que dijeron los atacantes: parafrasee si no recuerda la cita exacta.
  • ¿Quién vio lo que pasó?
  • ¿Por qué crees que pasó?

Si denunció acoso a algún funcionario penitenciario anteriormente, indique a quién se lo contó, cuándo y qué hicieron o no hicieron al respecto.