
Violencia de pareja íntima | Maine
¿Qué es la violencia doméstica?
La violencia doméstica puede adoptar muchas formas. Generalmente, la violencia doméstica es un patrón de comportamiento coercitivo en el que una persona intenta controlar a otra mediante amenazas o el uso real de tácticas, que pueden incluir cualquiera o todos los siguientes: abuso físico, sexual, verbal y psicológico.
Según la ley, "abuso" significa que cualquiera de las siguientes situaciones ha ocurrido entre personas que son "familiares, miembros del hogar o parejas de novios":
- Intentar causar o provocar lesiones corporales o contacto físico ofensivo;
- Intentar causar o poner a otra persona en temor de sufrir lesiones corporales a través de cualquier curso de conducta, incluido, entre otros, comportamiento amenazador, acosador o atormentador;
- Obligar, por la fuerza, amenaza de fuerza o intimidación, a una persona a participar en una conducta, como hacer que otra persona tenga relaciones sexuales involuntariamente por la fuerza, o a abstenerse de una conducta a la que tiene derecho a participar;
- Restringir el movimiento de otra persona, al sacarla a sabiendas de su casa, trabajo o escuela, o trasladarla a una distancia sustancial de donde fue encontrada, o confinar a la persona;
- Colocar a una persona en un temor razonable de que se cometa un delito amenazándola a ella o a otra persona de que cometerá un delito de violencia contra esa persona; o
- Seguir repetidamente y sin causa razonable a una persona o estar cerca de su trabajo, escuela u hogar (19-A Me. Rev. Stat. sec. 4002(1)).
¿Se aplican las leyes de violencia doméstica a personas en relaciones del mismo sexo?
Generalmente sí. La definición de “familia, miembros del hogar y parejas de hecho” incluye parejas casadas, parejas de hecho o ex parejas de hecho, personas que son o han “vivido juntas como cónyuges”, personas que son parejas sexuales o viven juntas (o así como anteriormente), así como personas que actualmente o anteriormente están saliendo entre sí, ya sea que las personas sean o hayan sido parejas sexuales (19-A Me. Rev. Stat. sec. 4002). La ley se aplica por igual a todas las personas, pero la aplicación depende de la naturaleza de la relación de las personas involucradas.
¿Cómo obtengo una orden judicial que me proteja de una pareja abusiva?
Para obtener protección, acuda al Tribunal de Distrito de la comunidad donde vive o donde vive el abusador. El secretario del tribunal tendrá un paquete de información para que usted complete. No se cobra ninguna tarifa y existe una forma de mantener su dirección confidencial del público. Tendrá que alegar abuso como se define anteriormente e indicar dónde cree que se puede encontrar al agresor/acusado para que se le puedan entregar (darle una copia) los documentos judiciales. Si los tribunales están cerrados, comuníquese con la policía local, quien localizará a un juez para que lo ayude. Sobre esta base, puede recibir una orden de protección temporal válida por hasta 21 días. Para que esas órdenes sean ejecutables, la policía debe entregar una copia al acusado/abusador, y un acusado no puede ser arrestado por violar las órdenes si no se le ha entregado una copia de las mismas. Las órdenes pueden impedir que el acusado se acerque a usted o a sus hijos, mantener al acusado alejado de su hogar y/o lugar de trabajo o de comunicarse con usted, y determinar cuestiones de custodia de los hijos a corto plazo.
La violación de una orden de protección es un delito penal (ver en general 19-A Me. Rev. Stat. sec. 4001 et seq).
Las órdenes temporales indicarán la fecha fijada para la audiencia judicial en la que podrá intentar extender sus órdenes judiciales. En este punto, el acusado también contará su versión de los hechos y se le puede pedir que responda preguntas. En esta etapa, ambas partes suelen tener abogados. Si el Tribunal determina que el acusado ha hecho una amenaza creíble a su seguridad física o a la de un niño en su hogar, la reparación puede extenderse hasta por dos años.
Si por alguna razón decide no seguir adelante con la orden, es importante presentarse ante el tribunal en la fecha asignada y solicitar que se desestime el caso.
Además, la ley de acoso de Maine que se describe a continuación puede ser útil para las personas que sufren acoso por parte de una pareja del mismo sexo. Se puede dictar una orden que prevenga el acoso contra cualquier persona (5 Me. Rev. Stat. sec. 4651. Véase también http://www.courts.state.me.us/publications_other/pa_ph-1207.pdf).
¿Dónde puedo acudir para obtener ayuda?
En Maine, los proyectos locales contra la violencia doméstica en todo el estado brindan servicios directos a las víctimas de violencia doméstica. La Coalición de Maine para Poner Fin a la Violencia Doméstica (MCEDV) es una coalición de nueve proyectos de violencia doméstica en el estado. Hay una línea de ayuda estatal contra la violencia doméstica al 866-834-HELP (4357). Este número dirigirá a las víctimas a los centros de apoyo en su condado. Estos centros de apoyo también brindan defensa judicial. MCEDV mantiene información para parejas del mismo sexo en su sitio web en http://www.mcedv.org.
Además de la policía local, existen otras líneas directas y recursos en línea:
- Línea directa de apoyo a la agresión sexual, (800) 871-7741 (en todo el estado, las 24 horas); puede encontrar una lista completa de los centros de agresión sexual miembros locales en http://www.mecasa.org/;
- Oficina del Fiscal General de Maine, 207-626-8800, http://www.maine.gov/ag/.
¿La violencia doméstica juega un papel en las decisiones sobre derechos y responsabilidades de los padres?
Sí. Es un factor que el tribunal debe considerar al asignar los derechos y responsabilidades de los padres, y los tribunales pueden establecer condiciones para que un abusador vea a sus hijos (ver en general 19-A Me. Rev. Stat. sec. 1653 (6)).
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