A menudo la policía me dice que “me aleje” de las zonas públicas. ¿Eso es legal?

No necesariamente. Si el área es pública y no se indica que tenga un horario determinado, generalmente tiene derecho a estar allí siempre que realice una actividad legal. Los lugares públicos son de todos. Incluso si un oficial de policía quiere disuadir el crimen, o sospecha algún tipo de intención ilegal, no tiene ningún derecho general a solicitar que las personas se trasladen de un lugar a otro a menos que exista de hecho conducta ilegal (Kent contra Dulles, 357 Estados Unidos 116, 126 (1958); see en general NH Const., pt. 1, art. 19 (Registros e Incautaciones Regulados)).

¿Cuáles son las reglas generales sobre la interacción con la policía?

La presencia de personas que parecen ser LGBT –ya sea porque exhiben símbolos como una bandera arcoíris o un triángulo rosa o por cualquier otro motivo– no debería generar ningún escrutinio especial por parte de un oficial de policía.

Si un oficial tiene una “sospecha razonable” de que se ha cometido o está a punto de cometerse un delito, puede detener brevemente a una persona o detenerla con fines de investigación (NH RSA 594:2. Ver tambiénEstado contra blanco, 119 NH 567, 571-572 (1979). Terry contra Ohio, 392 Estados Unidos 1, 16 (1968)). Según la Corte Suprema de New Hampshire, tal detención sólo es permisible cuando el oficial de policía puede señalar hechos específicos y articulables que, tomados junto con todas las inferencias racionales de esos hechos, justifican la intrusión. Una corazonada no es suficiente (ver p.ej Estado contra maya, 126 NH 390, 493 (1985) (una parada de investigación de tres minutos en la que el agente no hizo más que preservar el status quo no violó el art. 19, ya que tres minutos es el tiempo mínimo para establecer la identidad y evaluar la verosimilitud de la historia de una persona) ).

Un arresto solo puede ocurrir por una “causa probable” de que se ha cometido un delito (consulte NH RSA 594:10 (la policía puede arrestar sin orden judicial si la causa probable es creer que se ha cometido un delito menor en presencia del oficial, o si la persona destruirá la evidencia del delito menor). , y puede arrestar si hay motivos razonables para creer que se ha cometido un delito grave). “Motivos razonables” es lo mismo que “causa probable”.  Estado contra Vachon, 130 NH 37, 533 A.2d 384 (1987)).

¿Qué puedo hacer si creo que la policía me ha tratado inadecuadamente?

Hay varios lugares a los que puede llamar para analizar sus opciones. Uno está CONTENTO al 1-800-455-GLAD. Otro es la Unión de Libertades Civiles de NH al (603) 225-3080.

Se pueden presentar quejas ante cualquier departamento de policía individual por asuntos relacionados con sus agentes. Además, puede comunicarse con la línea directa de 24 horas operada por la Oficina del Procurador General al (603) 271-1241.

Las quejas ante la Policía Estatal de New Hampshire pueden presentarse ante la Jefatura de la Policía Estatal, por teléfono o por escrito. Un supervisor le devolverá la llamada para seguir procesando la queja. Si la Policía Estatal actúa más sobre la denuncia, tendrá que venir a la oficina para hacer una declaración por escrito. Comuníquese con la sede de la policía estatal, 33 Hazen Dr., Concord, NH 03305. Informe a GLAD cada vez que presente una queja para que podamos realizar un seguimiento de la capacidad de respuesta de los distintos departamentos de policía.

En algunos casos, puede decidir presentar una demanda, ya sea por lesiones, detención inadecuada o por algún otro motivo. Estos asuntos son altamente especializados y GLAD puede hacer referencias de abogados. También puede presentar quejas ante la Oficina del Procurador General, División Penal al (603) 271-3658. Pueden participar en una investigación o remitir un asunto al jefe del departamento de policía en cuestión.