
Juventud | Discriminación | Massachusetts
¿Cuáles son mis derechos como estudiante LGBTQ+?
Todos los estudiantes de las escuelas públicas de Massachusetts tienen derecho a:
- Estar seguro en la escuela sin ser intimidado,
- Para acceder a información sobre temas LGBTQ, incluido el sitio web educativo,
- Vestirse y presentarse de manera consistente con su identidad de género,
- A la libertad de palabra y expresión. Esto significa que tienes derecho a expresar ideas que puedan ofender a otras personas y tienes derecho a no estar de acuerdo con los demás, siempre y cuando expreses esas ideas de manera respetuosa.
Todos los estudiantes de escuelas públicas y privadas de Massachusetts tienen derecho a:
- Estar protegido de la discriminación o el acoso por motivos de orientación sexual, identidad o expresión de género o estado serológico respecto del VIH,
- Formar una Alianza Gay/Heterosexual (GSA) que reciba el mismo trato que cualquier otro grupo no curricular. Esto significa igualdad de financiación, acceso a las instalaciones y la posibilidad de elegir el nombre de su grupo.
Fuera del colegio tienes derecho:
- Estar protegido contra la discriminación basada en su orientación sexual real o percibida, estado de VIH o identidad de género en el empleo, la vivienda y los alojamientos públicos (como restaurantes o tiendas).
- A dar tu propio consentimiento para hacerte la prueba del VIH sin el permiso de tus padres. Para obtener información más específica, consulte el área temática “VIH/SIDA”.
- Denunciar a la policía a cualquier persona dentro o fuera de la escuela que lo lastime físicamente, lo amenace o destroce su propiedad.
¿Massachusetts tiene una ley antidiscriminación que protege a las personas LGBTQ+ de la discriminación?
Sí. Desde 1990, Massachusetts ha prohibido la discriminación basada en la orientación sexual en el empleo, la vivienda, las instalaciones públicas, el crédito y los servicios públicos y privados (visitar en general Leyes generales de Massachusetts, cap. 151B). Otras áreas de la ley (por ejemplo, educación y seguros) también prohíben la discriminación basada en la orientación sexual.
Recientemente, estas leyes se han ampliado para proteger a las personas transgénero. En 2011, el Gobernador Deval Patrick firmó una orden ejecutiva histórica que prohíbe la discriminación basada en la identidad y expresión de género en el empleo estatal (Orden Ejecutiva de Massachusetts No. 526 (17 de febrero de 2011), Orden ejecutiva MA 526). En 2012, Massachusetts modificó sus leyes contra la discriminación para prohibir la discriminación basada en la identidad de género en el empleo, la vivienda, el crédito, la educación y los servicios públicos y privados, pero no en los alojamientos públicos. Finalmente, en 2016, Massachusetts aprobó el tan esperado proyecto de ley de alojamiento público para personas transgénero, que protege a las personas transgénero de la discriminación en restaurantes, bibliotecas, hoteles, centros comerciales, transporte público y más (Mass. Gen. Laws, cap. 272, secs. 92A, 98). Para más información sobre la factura, visita GLAD's Preguntas y respuestas sobre alojamientos públicos de MA.
¿Las leyes también protegen a las personas percibidas como LGBTQ+?
Sí. La ley de no discriminación de Massachusetts define la “orientación sexual” como “tener una orientación para o siendo identificado como tener una orientación hacia la heterosexualidad, la bisexualidad o la homosexualidad” (Mass. Gen. Laws, cap. 151B, sec. 3(6)). Se ha interpretado que este lenguaje incluye la discriminación basada en la percepción. Por ejemplo, si una persona es despedida porque se la percibe como gay, puede invocar la protección de la ley contra la discriminación independientemente de su orientación real.
De manera similar, la ley define “identidad de género” como:
[Una] identidad, apariencia o comportamiento relacionado con el género de una persona, si o no que la identidad, apariencia o comportamiento relacionado con el género es diferente del tradicionalmente asociado con la fisiología de la persona o el sexo asignado al nacer... (Mass. Gen. Laws, cap. 4, sec. 7(59) (énfasis añadido)).
¿Massachusetts tiene leyes contra la discriminación que protegen a los estudiantes?
Sí, el Capítulo 76, Sección 5 de las Leyes Generales de Massachusetts prohíbe la discriminación basada en identidad de género, sexo, orientación sexual y orientación sexual percibida en todas las escuelas de Massachusetts que aceptan estudiantes del público en general, independientemente de si la discriminación proviene de estudiantes o empleados. .
De manera similar, el Capítulo 151C, que define prácticas educativas justas, prohíbe el acoso sexual por parte de maestros, personal u otros estudiantes de escuelas públicas. Las violaciones de esta ley pueden denunciarse ante la Comisión Contra la Discriminación de Massachusetts (MCAD), una agencia estatal que no exige que las partes tengan un abogado. Para obtener más información sobre la ley antidiscriminación de Massachusetts y cómo presentar una queja por discriminación, consulte el área temática "Discriminación".
Las escuelas también deben tomar ciertas medidas para prevenir el acoso de estudiantes LGBTQ, según el Código de Regulaciones de Massachusetts, 603 CMR 26.00, Acceso a la igualdad de oportunidades educativas. En particular, el Código exige que las escuelas cuenten con políticas para garantizar que las denuncias de discriminación y acoso se investiguen con prontitud y también exige que las escuelas eduquen al personal anualmente sobre la prevención del acoso y los métodos apropiados para responder al acoso en un entorno escolar.
¿Existen leyes federales que protejan a los estudiantes?
Sí, el Título IX prohíbe la discriminación contra los estudiantes por motivos de sexo en cualquier escuela o universidad que reciba fondos federales. A la luz de la sentencia del Tribunal Supremo en Bostock contra el condado de Clayton, que determinó que la discriminación por orientación sexual e identidad de género son formas de discriminación sexual, el Departamento de Educación federal, que hace cumplir el Título IX, ha declarado que interpretará cualquier discriminación por orientación sexual o identidad de género como discriminación sexual.
Para presentar una queja ante la Oficina de Derechos Civiles del Departamento de Educación federal, visita su pagina web.
Las quejas se pueden presentar al coordinador del Título IX de su escuela, así como a:
Oficina de Derechos Civiles
El Departamento de Educación de EE.UU.
Oficina de correos y juzgado de John W. McCormack, sala 222
Plaza de Correos
Boston, MA 02109
Además, algunos tipos de discriminación y acoso pueden violar los derechos constitucionales de un estudiante.
¿Qué puedo hacer si me discriminan en la escuela?
Hay muchas maneras de abordar el tema. Una es pedir apoyo a un amigo, maestro o consejero y hablar con las personas que te molestan. Sin embargo, esa no es una opción si no se siente seguro al hacerlo.
Eche un vistazo a las políticas de su escuela y notifique a quien se supone que debe ser notificado, generalmente un subdirector o un coordinador del Título IX. Debe documentar por escrito cualquier incidente de acoso o discriminación. Una vez que se reúna con los funcionarios adecuados, tome nota de lo que les dijo y en qué fecha, y pregúnteles cuándo se comunicarán con usted con una respuesta. Si no le ayudan o no cumplen con sus obligaciones, puede escribir al director y al superintendente y pedirles que pongan fin a la discriminación.
Al mismo tiempo, o después de comunicarse con la administración como se establece anteriormente, es posible que desee presentar una queja ante el Sistema de Resolución de Problemas del Departamento de Educación Primaria y Secundaria de Massachusetts al (781) 338-3700. Investigarán y examinarán si la escuela debería considerar tomar medidas adicionales.
Si los métodos anteriores no logran detener la discriminación, es posible que también desee considerar emprender acciones legales. Contacto ALEGRE Respuestas para referencias de abogados.
¿Dónde más puedo obtener asistencia si tengo un problema?
Además de los recursos enumerados anteriormente, es posible que desee comunicarse con la Comisión de Jóvenes LGBTQ de Massachusetts, (617) 624-5485; o el Programa de Recuperación de Violencia, 1-800-834-3242.
¿Massachusetts tiene una ley que prohíbe la terapia de conversión?
Sí, en 2019 Massachusetts aprobó una ley prohibir cualquier práctica por parte de un proveedor de atención médica que intente o pretenda imponer un cambio en la orientación sexual o identidad de género de un individuo.
Todas las organizaciones médicas, de salud mental y de bienestar infantil estatales y nacionales se oponen a la práctica de la terapia de conversión, una práctica que busca cambiar la orientación sexual o la identidad de género de una persona. Una extensa literatura profesional muestra que la práctica es ineficaz para cambiar la orientación sexual o la identidad de género y perjudicial para los jóvenes. Los jóvenes que han sido sometidos a terapia de conversión tienen un mayor riesgo de sufrir depresión, pensamientos e intentos de suicidio y consumo de drogas ilegales.
Según las disposiciones de la ley, un proveedor de atención médica que viole esta sección estará sujeto a medidas disciplinarias por parte de la junta de licencias correspondiente. Dicha disciplina puede incluir la suspensión o revocación de su licencia.
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