¿Vermont tiene una ley contra la discriminación que protege a las personas LGBT de la discriminación en el empleo?

Sí. Vermont fue uno de los primeros estados en aprobar una ley estatal integral que prohíbe la discriminación por orientación sexual en 1992 (Ver, por ejemplo, 21 VSA § 495 (empleo)). La “orientación sexual” se define como “homosexualidad, heterosexualidad o bisexualidad femenina o masculina (1 VSA § 143).

En mayo de 2007, Vermont se convirtió en el tercer estado de Nueva Inglaterra en prohibir explícitamente la discriminación por motivos de identidad de género (Ley Pública 41, Ley relativa a la prohibición de la discriminación por motivos de identidad de género, 2007-2008 Leg., Reg. Sess. (Vermont 2007)). La ley define la identidad de género como “la identidad de género real o percibida de un individuo, o las características relacionadas con el género intrínsecamente relacionadas con el género o la identidad de género de un individuo, independientemente del sexo asignado al individuo al nacer” (1 VSA § 144).

¿Protege también a las personas percibidas como LGBT en el empleo?

En cuanto a la orientación sexual, tal vez. Aunque las leyes contra la discriminación en sí mismas no distinguen entre orientación sexual real y percibida, el cuestionario utilizado por la Unidad de Derechos Civiles de la Fiscalía General permite a las personas denunciar discriminación tanto por orientación sexual como por orientación sexual percibida. Sin embargo, la Comisión de Derechos Humanos no hace esta distinción en su formulario de queja laboral. No existe jurisprudencia al respecto. (Nota: La ley de acoso escolar, que se analiza a continuación en el Derechos de los estudiantes sección, proporciona explícitamente protección a los estudiantes y sus familiares que son o son percibidos como gay, lesbiana o bisexual. La ley sobre delitos de odio, que se analiza a continuación, también se aplica a la orientación sexual y la identidad de género reales o percibidas).

En cuanto a la identidad de género, y como se señaló anteriormente, la identidad de género se define como “identidad de género real o percibida”. Este lenguaje incluye la discriminación basada en la percepción.

¿A quién se aplica la ley de no discriminación y qué prohíbe?


¿A quién se aplica la ley de no discriminación y qué prohíbe?

La ley contra la discriminación prohíbe a cualquier empleador, agencia de empleo u organización laboral discriminar a cualquier individuo debido a su orientación sexual o identidad de género (21 VSA § 495 (a)(1)). Esto se aplica tanto a empleadores privados como gubernamentales y cubre las acciones laborales más importantes, como contratación, despido, falta de ascenso, degradación, disciplina excesiva, acoso y trato diferente del empleado y compañeros de trabajo en situaciones similares (21 VSA § 495 (a ); artículo 495 quinquies, apartado 1 (definición de empresario)).

Además, las agencias de empleo no pueden participar en discriminación al negarse a clasificar o recomendar a sus clientes para empleo o discriminar de otro modo por motivos de orientación sexual o identidad de género. Los sindicatos no pueden negar la afiliación sindical ni discriminar de otro modo a sus miembros por motivos de orientación sexual o identidad de género (21 VSA § 495 (a)(4)).

La ley también prohíbe a estas entidades hacer publicidad de tal manera que restrinja el empleo o la membresía debido a la orientación sexual o la identidad de género (21 VSA § 495 (a)(2)).

¿Se aplica la ley a todos los empleadores en Vermont?

No. Por más amplia que sea la ley, existen excepciones a su aplicación.

  • Un empleador, agencia u organización laboral puede defenderse de un reclamo por discriminación argumentando que una “calificación ocupacional de buena fe” del trabajo en particular para que un empleado no LGBT lo ocupe (21 VSA § 495(a)). Sin embargo, no existen exenciones ocupacionales generales fuera del alcance de la ley contra la discriminación, y esta defensa rara vez tiene éxito.
  • En cuanto a la orientación sexual y la identidad de género, las organizaciones religiosas (y las organizaciones caritativas o educativas operadas, supervisadas o controladas por una organización religiosa) están exentas de la ley en la medida en que den una “preferencia a personas de la misma religión o denominación” o tomar “cualquier acción con respecto a asuntos cuya finalidad la organización considere promover los principios religiosos para los cuales se establece o mantiene (21 VSA § 495(e)). Esta exención, sin embargo, no es una carta blanca que un empleador utilice sus creencias religiosas como justificación para discriminar a personas por su orientación sexual o identidad de género real o percibida.

¿La ley de Vermont prohíbe el acoso sexual?

Sí. El acoso sexual está específicamente prohibido por la ley. La ley de Vermont define el acoso sexual como una forma de discriminación sexual que significa insinuaciones sexuales no deseadas, solicitudes de favores sexuales y otras conductas verbales o físicas de naturaleza sexual cuando:

  • la sumisión a esa conducta se convierte explícita o implícitamente en un término o condición de empleo; o
  • la sumisión o el rechazo de dicha conducta por parte de un individuo se utiliza como componente de la base para las decisiones laborales que afectan a ese individuo; o
  • la conducta tiene el propósito o efecto de interferir sustancialmente con el desempeño laboral de un individuo o crear un ambiente de trabajo intimidante, hostil u ofensivo (21 VSA § 495d (13)).

Debido a que el acoso sexual es una forma de discriminación sexual, un reclamo de acoso puede presentarse de la misma manera que otros reclamos de discriminación, como se analiza a continuación.

Además de prohibir el acoso sexual, la ley de Vermont exige que todos los empleadores, agencias de empleo y organizaciones laborales garanticen un lugar de trabajo libre de acoso sexual adoptando una política contra el acoso sexual, publicando un aviso que describa esa política y proporcionando a todos los empleados una copia individual por escrito de la póliza (21 VSA § 495h).

Es tan ilegal acosar sexualmente a una persona gay, lesbiana, bisexual o transgénero como lo es acosar a cualquier otra persona. Parte del acoso es específicamente contra los homosexuales y puede caracterizarse más justamente como acoso por motivos de orientación sexual. Otro tipo de acoso se debe a la identidad de género real o percibida de la persona y puede caracterizarse como acoso por motivos de identidad de género. Otros tipos de acoso son de naturaleza sexual y se categorizan más apropiadamente como acoso sexual. Todos estos tipos de acoso pueden ocurrirle a la misma persona y todos están prohibidos según la ley del estado de Vermont.

Tanto la Corte Suprema de los Estados Unidos como varios tribunales estatales han determinado que el acoso sexual entre personas del mismo sexo viola las leyes sobre acoso sexual (compárese con Oncale v. Sundowner Offshore Services, 523 US 75, 118 S.Ct. 998 (1998) (el hombre puede demandar por abuso sexual). acoso por parte de otros hombres bajo las leyes federales de acoso sexual)).