Maine Know Your Rights - Page 5 of 16 - GLAD Law
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Noticias

La nueva ley de adopción confirmatoria de Maine aumenta la seguridad para las familias LGBTQ+

Una nueva ley defendida por el representante Matt Moonen y firmada ayer por la gobernadora Janet Mills brinda protecciones clave para las familias LGBTQ+ que reflejan y amplifican el compromiso de larga data de Maine de proteger a todos los niños. LD 1906 brindará a los padres LGBTQ+ y a sus hijos mayor seguridad, particularmente si viajan o se mudan a lugares fuera de Maine que son menos amigables con LGBTQ.

La legislación, LD 1906 Una ley para permitir la adopción confirmatoria, agiliza el proceso de adopción para los padres que han tenido un hijo mediante reproducción asistida y ya son padres según la ley de Maine, para asegurar su filiación mediante un decreto de adopción. La nueva ley elimina barreras engorrosas, costosas e innecesarias, como períodos de espera e inspecciones de viviendas, que los padres no biológicos suelen enfrentar al adoptar a sus propios hijos.

"Estamos agradecidos por el liderazgo del Representante Moonen y por la cuidadosa consideración del Comité Judicial, así como al Gobernador Mills por firmar esta importante ley para promover un trato justo e igualitario para las familias LGBTQ+". dijo María Bonauto, GLBTQ Legal Advocates & Defenders (GLAD) Director sénior de Derechos Civiles y Estrategias Legales.

"Los padres LGBTQ+ están, con razón, preocupados por la seguridad de sus hijos y familias a la luz del aumento de prejuicios y discriminación en todo el país". agregó Polly Crozier, Directora de Defensa Familiar de GLBTQ Legal Advocates & Defenders (GLAD). “Hemos visto jueces en otros estados despojar a los padres no biológicos de sus derechos paternales, y todos sabemos que los extremistas están intensificando los ataques legislativos contra las personas LGBTQ+. Un decreto de adopción brinda seguridad adicional a las familias LGBTQ+, especialmente si viajan o se mudan fuera de Maine”.

Maine ha sido un líder en garantizar que cada niño tenga la seguridad de una relación legal respetada con sus padres. El estado aprobó la integral Ley de paternidad de Maine en 2015, que aclaró la ley de paternidad y sirvió de impulso para que otros estados mejoraran sus protecciones. En 2021, Maine se convirtió en el décimoth estado del país para permitir a los padres LGBTQ+ asegurar su filiación a través de un formulario administrativo simple, un Reconocimiento de Paternidad, que ha estado disponible para padres de diferentes sexos durante décadas.

Según la nueva ley, los padres de niños nacidos mediante reproducción asistida que sean padres según la Ley de paternidad de Maine sólo deben presentar al tribunal una petición firmada por ambas partes que incluya una copia del certificado de nacimiento del niño, una explicación de las circunstancias del nacimiento del niño. mediante reproducción asistida, una certificación de que cada peticionario dio su consentimiento para el nacimiento del niño mediante reproducción asistida, una certificación de que no existen reclamos de paternidad en competencia y una copia del certificado de matrimonio de los padres, según corresponda.

Luego, el tribunal concederá la adopción dentro de los 60 días siguientes a la determinación de que el padre que dio a luz y el cónyuge estaban casados en el momento del nacimiento del niño y que el niño nació mediante reproducción asistida; o, para padres no casados, que la persona que dio a luz y el padre no casado dieron su consentimiento para la reproducción asistida; y que no existen reclamos de los padres en competencia.

Un informe publicado a principios de este mes por Movement Advancement Project (MAP) con COLAGE, Family Equality, GLAD y NCLR, Relaciones en riesgo: por qué necesitamos actualizar las leyes estatales de paternidad para proteger a los niños y las familias narra cómo el mosaico actual de leyes de paternidad en todo el país (muchas de las cuales, a diferencia de Maine, no se han actualizado en décadas) deja a los padres LGBTQ+ y a sus hijos vulnerables. En el contexto de esa vulnerabilidad continua en todo el país, la LD 1906 agrega una vía más crítica de protección para las familias LGBTQ+ en Maine.

GLAD se unió testimonio que apoya LD 1906 por Equality Maine y la Academia Estadounidense de Pediatría, Capítulo de Maine.

Noticias

La ACLU y GLAD instan a los líderes de las escuelas públicas de Maine a proteger los derechos de los estudiantes y los entornos de aprendizaje inclusivos.

La ACLU de Maine y GLBTQ Legal Advocates & Defenders (GLAD) enviaron hoy una carta a los líderes de las escuelas públicas de Maine exigiendo que respeten sus propias obligaciones legales y los derechos de los estudiantes de la Primera Enmienda al detener los esfuerzos para prohibir y censurar libros.

Personas de varias comunidades y algunos legisladores han pedido a las escuelas que prohíban los libros, con mayor frecuencia dirigidos a historias de personas LGBTQ y personas de color. La carta abierta llega después de que la ACLU de Maine escribiera individualmente a varios distritos de Maine que estaban considerando la prohibición de libros en los últimos meses.

Quitar libros de las bibliotecas de las escuelas públicas simplemente porque algunas personas pueden no estar de acuerdo con su contenido amenaza protecciones legales críticas. Los estudiantes tienen derecho a igualdad de oportunidades educativas y el derecho de la Primera Enmienda a hablar y recibir información libremente. La Corte Suprema de los Estados Unidos celebró hace más de 40 años en Junta de Educación contra Pico que “las juntas escolares locales no pueden retirar libros de los estantes de la biblioteca escolar simplemente porque no les gustan las ideas contenidas en esos libros”.

"La campaña nacional organizada para prohibir los libros que presentan a personas de color y LGBTQ se ha exportado a Maine". dijo Mary L. Bonauto, Directora Senior de Derechos Civiles y Estrategias Legales de GLAD. “Todos los estudiantes, incluidos los estudiantes LGBTQ y aquellos cuyas razas y etnias son minorías más pequeñas en nuestras comunidades, también necesitan y merecen aprender en un entorno que los acepte y refleje quiénes son. Es por eso que nuestras leyes protegen los derechos de los estudiantes a acceder a libros en los que puedan verse a sí mismos, comprender su historia y relacionarse críticamente con el mundo que los rodea”.

El acceso a libros sobre personas LGBTQ y personas de color crea un ambiente más inclusivo y de apoyo para los estudiantes que ven su propia historia y experiencias reflejadas en esos libros. También brinda importantes oportunidades para que los estudiantes aprendan sobre experiencias que difieren de las suyas.

"Los debates sobre si se debe permitir que los estudiantes accedan a libros específicos pierden de vista una de las funciones más fundamentales de las escuelas públicas: enseñar a los jóvenes a pensar por sí mismos". dijo la directora legal de la ACLU de Maine, Carol Garvan. “Los estudiantes están mejor preparados para unirse y liderar nuestra sociedad cuando pueden acceder a información desde una variedad de puntos de vista e intercambiar ideas libremente. Cuando los políticos intentan sanear y blanquear nuestros lugares de aprendizaje, los estudiantes pierden la oportunidad de comprender el mundo que los rodea y sacar sus propias conclusiones”.

La carta señala que “cuando se eliminan libros porque los miembros de la comunidad no están de acuerdo con el mensaje o punto de vista del autor, eso allana el camino para una serie interminable de intentos de negar a todos los niños el acceso a información basada en puntos de vista personales sobre lo que es objetable para algunos niños. . Las escuelas son demasiado importantes para el desarrollo de los niños y el futuro de nuestro país como para convertirse en un escenario para la intolerancia política”.

La carta pide a “los miembros de la junta escolar, superintendentes y bibliotecarios que adopten una postura contra la censura y protejan el acceso de los estudiantes a un entorno educativo igualitario y seguro resistiendo los llamamientos para retirar libros de las bibliotecas escolares”.

Lee la carta.

Eventos del Orgullo 2023

Acerca de los eventos

¡Es la temporada del Orgullo y estamos ansiosos por celebrarlo en los eventos del Orgullo en toda Nueva Inglaterra! Si asistirá a alguno de los eventos a continuación, esperamos que pase por nuestra mesa GLAD para saludar, ver algunos recursos y obtener un botín GLAD gratis.


Y no nos pierdas este otoño en Orgullo de Hartford el 9 de septiembre y Orgullo de Worcester el 10 de septiembre!

Organizaciones Juveniles | Maine

  • IgualdadMaine es la organización estatal más grande y antigua dedicada a crear una sociedad justa para las personas lesbianas, gays, bisexuales, transgénero y queer de Maine. 
  • Alianza del Orgullo de Hallowell celebra Hallowell y su comunidad LGBTQ+ ofreciendo educación, divulgación, promoción y celebración en Hallowell y sus alrededores.
  • MaineTransNet brinda apoyo y recursos para la comunidad transgénero, las familias y otras personas importantes, y crea conciencia sobre las diversas formas de identidad y expresión de género brindando capacitación y consultas para profesionales de servicios sociales y de salud mental.
  • Acción Juvenil de Maine Newtork (MYAN) es una red estatal de adultos comprometidos y jóvenes apasionados que creen en el poder transformador del liderazgo juvenil. 
  • Nuevos comienzos Atiende a jóvenes fugitivos y sin hogar y a sus familias.
  • FUERA Maine crea comunidades más acogedoras y afirmativas para los jóvenes LGBTQ+ en todas sus identidades interseccionales.
  • Total Lewiston/Auburn tiene como objetivo crear entornos seguros para la comunidad LGBTQ+ de Maine entre las edades de 12 y 21 años.
  • PFLAG es la organización más grande del país dedicada a apoyar, educar y defender a las personas LGBTQ+ y a quienes las aman.
  • Portland absoluta es un programa impulsado por jóvenes que ofrece apoyo y servicios a jóvenes LGBTQQ+ y aliados en el área metropolitana de Portland, Maine.
  • Fundación para la Igualdad de Jóvenes Trans Con sede en Maine, TYEF sirve a toda Nueva Inglaterra, brindando educación, defensa y apoyo a niños y jóvenes transgénero y no conformes con su género y sus familias.

Juventud | Escuelas | Maine

(Español)

Juventud | Escuelas | Maine

Las escuelas públicas son públicas, lo que significa que son para todosTodos los estudiantes y familias de un distrito escolar pertenecen a la comunidad escolar.  

Para que los estudiantes tengan éxito, las escuelas deben brindar entornos seguros, acogedores y de apoyo para que todos los estudiantes puedan aprender. Esto incluye a los estudiantes LGBTQ+. 

Existen varias leyes que te protegen contra la discriminación, el acoso y el hostigamiento en la escuela por parte de tus compañeros o de adultos. (Estas leyes se aplican a todas las escuelas públicas y a las escuelas privadas que reciben fondos del gobierno). Estas prohibiciones provienen de leyes estatales (como la Ley de Derechos Humanos de Maine y las leyes contra el acoso de Maine), leyes federales contra la discriminación (incluida una llamada “Título IX” –sobre discriminación sexual– y otra llamada “Título VI” –sobre discriminación basada en raza, color y origen nacional) y la Constitución de los Estados Unidos. Estas son protecciones poderosas para los estudiantes y se pueden usar para hacer que las escuelas rindan cuentas de lo que sucede bajo su supervisión.  

A nivel local, también puede tener derechos en virtud de las políticas adoptadas por su junta escolar. A menudo, puede encontrar ese tipo de políticas en el sitio web de su junta escolar o distrito escolar. 

Tus padres también tienen derechos relacionados con tu educación, ya sea que estén de acuerdo contigo, no estén de acuerdo o se encuentren en un punto intermedio. Mencionamos algunos de esos derechos a continuación. También tenemos sugerencias al final de esta página sobre cómo los padres, los estudiantes y las escuelas pueden trabajar juntos para obtener los mejores resultados para los estudiantes.  

Esta página ofrece una descripción general de los derechos de los estudiantes. Visite nuestra Derechos de los estudiantes LGBTQ+ en Maine página para obtener más información sobre las leyes que brindan estas protecciones, Qué hacer si cree que se están violando sus derechosy otras organizaciones que puedan apoyarle. Estas páginas no constituyen asesoramiento legal; la ley puede ser complicada y cómo se aplica a su situación dependerá de circunstancias específicas. Si tiene preguntas sobre el impacto de las recientes acciones judiciales y ejecutivas sobre sus derechos bajo el Título IX, visite nuestra Título IX Página Conozca sus derechos aprender más.

Esta página se actualizó por última vez en noviembre de 2024. Esta área del derecho continúa desarrollándose.  

Nombres y pronombres

Si desea que el personal de la escuela utilice su nombre y pronombres elegidos, la Comisión de Derechos Humanos de Maine sugiere que usted o sus padres hagan esa solicitud por escrito al personal de la escuela. Su postura es que la escuela debe utilizar su nombre y pronombres elegidos en todos los documentos y en todas las comunicaciones. Sin embargo, su expediente académico oficial debe utilizar su nombre legal. Si ha tenido un cambio de nombre legal, su padre o tutor puede solicitar a la escuela que actualice su expediente oficial.  

Si le pides a tu escuela que use un nombre que hayas elegido para ti, pero aún no has hablado con tus padres o tutores al respecto, debes saber que usar un apodo u otro nombre nuevo en la escuela significa que otros tendrán y podrían compartir esa información. Y si eres menor de edad (menor de 18 años) o estás en alguna otra circunstancia, tus padres tienen derecho a ver tus registros estudiantiles. Si necesitas ayuda para decidir si pedirle a tu escuela que use el nombre que elegiste, debes considerar seriamente hablar primero con un adulto de confianza en casa o en la escuela. Un adulto de confianza podría ayudarte a pensar en tu situación específica o hacer un plan para compartir esa parte de ti con un padre o tutor. También puedes verificar si tu escuela tiene una política que incluya a una persona específica para apoyar a los estudiantes transgénero. (Esas políticas suelen estar en los sitios web de la junta escolar y pueden titularse "ACAAA" o "JB"). 

Aprenda más sobre las leyes sobre nombres y pronombres 

Instalaciones deportivas y escolares 

La Comisión de Derechos Humanos de Maine ha establecido que se permite competir en equipos deportivos de la escuela secundaria de acuerdo con la identidad de género de cada estudiante. La Asociación de Directores de Escuelas Secundarias de Maine (que regula los deportes de la escuela secundaria) otorga a las escuelas la autoridad para verificar la identidad de género de un estudiante con el fin de practicar un deporte, pero la escuela no puede solicitar registros médicos ni documentos oficiales para hacerlo.  

También tienes derecho a utilizar los baños, vestuarios y duchas de acuerdo con tu identidad de género.  

Las escuelas pueden decidir dar a cualquier estudiante, LGBTQ+ o no, la opción de usar instalaciones que brinden mayor privacidad (como un baño individual o vestuarios con cortinas en un vestuario), pero no pueden exigirte que uses instalaciones separadas en función de tu identidad de género.   

 Obtenga más información sobre las leyes sobre atletismo e instalaciones escolares. 

Apariencia del estudiante 

Se permite vestirse de acuerdo con su identidad de género. Si la escuela tiene un código de vestimenta, este debe aplicarse de acuerdo con su identidad de género. 

Obtenga más información sobre las leyes sobre la apariencia de los estudiantes. 

GSA

Si asistes a una escuela secundaria pública o una escuela secundaria que recibe fondos federales, lo que incluye muchas escuelas privadas, y si tu escuela permite que algún club no curricular (un club no asociado con una materia enseñada en tu escuela) se reúna fuera del horario de clase, tienes derecho a iniciar una Alianza de Género y Sexualidad (GSA) u otro club LGBTQ+. 

Gracias a una ley llamada Ley de igualdad de accesoSu escuela no puede discriminar a una GSA solo porque aborda cuestiones relacionadas con estudiantes LGBTQ+.  

Obtenga más información sobre sus derechos para crear una GSA.    

Orientación escolar

Si está recibiendo asesoramiento de un consejero escolar o un trabajador social escolar, ellos puede Podrás mantener la confidencialidad de la información que compartes según una ley específica de Maine. Esta ley se aplica a los consejeros escolares y trabajadores sociales escolares que cumplen con ciertos requisitos. Sin embargo, incluso los consejeros y trabajadores sociales que cumplen con esos requisitos pueden compartir información con otro adulto si tú u otras personas están en peligro, o si necesitan denunciar abuso o negligencia infantil. Si estás tratando de decidir si hablar con el consejero o trabajador social de tu escuela, puedes pedirles que te expliquen si se les permite mantener la confidencialidad de la información y bajo qué circunstancias compartirían lo que les dices con tus padres, tutores u otro adulto.  

 
Maine tiene una ley que lo protege de la práctica de la “terapia de conversión”, una práctica que busca cambiar la orientación sexual o la identidad de género de una persona. Los trabajadores sociales y consejeros escolares (y otros profesionales de la salud autorizados) que practican la terapia de conversión pueden enfrentar medidas disciplinarias.  

Obtenga más información sobre las leyes de orientación escolar. 

Acoso y bullying

Tienes derecho a asistir a escuelas que sean entornos seguros, protegidos y pacíficos para que puedas recibir la educación que mereces. La legislatura de Maine ha dicho que el acoso escolar puede afectar negativamente el entorno escolar y el aprendizaje y el bienestar de los estudiantes. Es por eso que el acoso y la discriminación están prohibidos en Maine.  

En Maine, está prohibido el acoso basado en la orientación sexual real o percibida, la identidad de género u otras características protegidas (incluida la raza y el origen étnico, la religión, el origen nacional, el nivel socioeconómico, la edad, la discapacidad, el género, la apariencia física, el peso y el estado civil). El acoso no está permitido en línea ni en ninguna propiedad escolar. 

El acoso incluye cualquier comunicación (escrita, oral o electrónica) o acto o gesto físico que: 

  • Le cause daño a usted o a su propiedad, o le genere un temor razonable de sufrir daño; 
  • Crea un ambiente escolar intimidante u hostil; o 
  • Interfiere con su rendimiento académico o su capacidad para participar en actividades escolares. 

Las escuelas deben tener políticas y procedimientos para prevenir el acoso escolar y el acoso cibernético y abordarlo cuando ocurre. 

Obtenga más información sobre las leyes contra el acoso escolar. 

Colaboración entre la escuela y los padres

En algunos casos, puede haber dificultades para que un estudiante, sus padres o tutores y su escuela lleguen a un acuerdo sobre lo que mejor ayudará al estudiante. Si usted y sus padres están de acuerdo y tienen dificultades para lograr que su escuela comprenda su punto de vista, Vea las sugerencias de GLAD Law sobre los pasos que pueden tomar juntos

En otras ocasiones, los estudiantes pueden buscar apoyo en la escuela antes de pedirlo en casa, y pueden pedir a las escuelas apoyo para hablar con sus padres o tutores sobre diversos temas. En situaciones en las que un padre o tutor puede no estar de acuerdo con la forma en que su hijo expresa su identidad de género u orientación sexual en la escuela, la Comisión de Derechos Humanos de Maine recomienda que las escuelas intenten, siempre que sea posible, cumplir los deseos de los estudiantes. Mientras están en la escuela. En la práctica, las escuelas probablemente considerarán las circunstancias individuales del estudiante, como su edad, su madurez, su compromiso con la escuela, lo que la escuela escucha del estudiante y de su familia y cualquier otra información relevante sobre cómo proceder.  

Al igual que los estudiantes tienen ciertos derechos bajo la ley, también los tienen los padres. Y los padres pueden monitorear el progreso de un niño en casa, en los portales escolares y reuniéndose con los maestros o el personal. Los padres suelen tener relaciones sólidas con sus hijos y los conocen lo suficientemente bien como para percibir cuándo hay algo que necesitan discutir. Muchas escuelas quieren colaborar con los padres como socios. Lo ideal es que el personal escolar y los padres puedan comunicarse entre sí para entender cómo ayudar a cada niño a tener éxito en la escuela.  

Cuando surgen desacuerdos, puede ser útil recordar que los padres y maestros, los administradores y el personal escolar quieren que los estudiantes sean felices, saludables y exitosos, dentro y fuera del aula. Los padres siempre serán maestros para sus hijos. Y si bien los padres pueden enseñar y enseñan sus valores a sus hijos en casa, las escuelas tienen que administrar a sus estudiantes y las operaciones escolares. Es por eso que los tribunales rechazan abrumadoramente las afirmaciones de que los padres pueden dirigir las prácticas diarias de las escuelas en función de sus creencias sobre cómo los educadores deben hacer su trabajo.   

Obtenga más información sobre las leyes sobre los padres y la educación.

Si cree que se están violando sus derechos, visita nuestro Derechos de los estudiantes LGBTQ en Maine página para obtener más información sobre los pasos que puede seguir.  

¿Aún tienes preguntas? Comuníquese con GLAD Answers para obtener información legal, asistencia y referencias gratuitas y confidenciales. Complete el formulario de admisión en línea en GLADAnswers.org, correo electrónico GLADAnswers@glad.orgo deje un mensaje de voz al 800-455-GLAD. 

Esta página está avalada por ACLU de Maine, IgualdadMaine, y FUERA Maine.

Juventud | Justicia | Maine

Juventud | Discriminación | Maine

¿Maine tiene una ley antidiscriminación que protege a las personas LGBTQ+ de la discriminación?

Sí. El 8 de noviembre de 2005, los votantes de Maine acordaron mantener en vigor una ley, LD 1196, “Una ley para extender la protección de los derechos civiles a todas las personas independientemente de su orientación sexual”, aprobada por la Legislatura y firmada por el Gobernador en la primavera de 2005. La ley entró en vigor el 28 de diciembre de 2005.

Esto marca el final de una larga lucha en Maine para lograr protecciones legales para las personas LGBTQ+. En noviembre de 1995, los votantes de Maine rechazaron un intento de limitar las clases protegidas a aquellas que ya estaban incluidas en la ley de no discriminación. En mayo de 1997, Maine aprobó una ley contra la discriminación basada en la orientación sexual, pero esta ley fue derogada en una elección especial celebrada en febrero de 1998. Luego, en noviembre de 2000, por un margen mínimo, los votantes de Maine no lograron ratificar una segunda ley contra la discriminación. ley que había sido aprobada por el poder legislativo.

La ley brinda protección contra la discriminación basada en la orientación sexual, que se define como “… la heterosexualidad, bisexualidad, homosexualidad o identidad o expresión de género, real o percibida, de una persona” (5 Me. Rev. Stat. sec. 4553 (9-C)).

¿Protege también a las personas percibidas como LGBTQ+?

Sí. La ley de no discriminación cubre específicamente a las personas percibidas como LGBTQ+.

¿Qué tipos de discriminación aborda la ley contra la discriminación?

La ley de Maine prohíbe la discriminación en:

  • Empleo
  • Alojamientos públicos
  • Alojamiento
  • Crédito y
  • Educación (5 Me. Rev. Stat. sec. 4552 et seq.)

¿Existe alguna ley que proteja a los estudiantes LGBTQ+ en Maine?

Sí. Existen varias leyes que protegen a los estudiantes contra la discriminación, el acoso y el hostigamiento en la escuela por parte de sus compañeros o de adultos (estas leyes se aplican a todas las escuelas públicas y a las escuelas privadas que reciben fondos del gobierno). Estas prohibiciones provienen de leyes estatales (como la Ley de Derechos Humanos de Maine y las leyes contra el acoso de Maine), leyes federales contra la discriminación (incluida una llamada “Título IX” –sobre discriminación sexual– y otra llamada “Título VI” –sobre discriminación basada en raza, color y origen nacional) y la Constitución de los Estados Unidos. Estas son protecciones poderosas para los estudiantes y pueden usarse para exigir responsabilidades a las escuelas por lo que sucede bajo su supervisión.  

A nivel local, los estudiantes también pueden tener derechos en virtud de las políticas adoptadas por su consejo escolar. A menudo, puede encontrar ese tipo de políticas en el sitio web de su consejo escolar o distrito escolar. 

Visita nuestro Página de Maine Conozca sus derechos para estudiantes LGBTQ+ aprender más.

¿Qué puedo hacer si me discriminan en la escuela?

Hay muchas maneras de abordar el tema. Si cree que se están violando sus derechos, visite nuestra Derechos de los estudiantes LGBTQ en Maine página para obtener más información sobre los pasos que puede seguir.  

¿Existen otras protecciones contra la discriminación disponibles en Maine?

Sí. Varias ciudades y pueblos han promulgado ordenanzas contra la discriminación, incluidas Portland, Falmouth, South Portland, Long Island, Orono, Sorrento, Westbrook y Bar Harbor. En Clarke contra Olsten Certified Healthcare Corp., el Tribunal de Justicia de Maine asumió, sin declararlo así, que la ordenanza de Portland es ejecutable (714 A.2d 823 (Me. 1998)).

¿Maine tiene una ley que prohíbe la terapia de conversión?

Sí, en 2019, Maine se convirtió en el estado número 17 en aprobar una ley, LD 1025, una ley para prohibir la prestación de terapia de conversión a menores por parte de ciertos profesionales autorizados. Prohíbe a los profesionales autorizados publicitar y administrar la denominada metodología de terapia de conversión a menores. El incumplimiento de la ley puede resultar en la revocación de la licencia del profesional.

Todas las organizaciones médicas, de salud mental y de bienestar infantil estatales y nacionales se oponen a la práctica de la terapia de conversión, una práctica que busca cambiar la orientación sexual o la identidad de género de una persona. Una extensa literatura profesional muestra que la práctica es ineficaz para cambiar la orientación sexual o la identidad de género y perjudicial para los jóvenes. Los jóvenes que han sido sometidos a terapia de conversión tienen un mayor riesgo de sufrir depresión, pensamientos e intentos de suicidio y consumo de drogas ilegales.

Juventud | Empleo | Maine

¿Maine tiene una ley antidiscriminación que protege a las personas LGBTQ+ de la discriminación en el empleo?

Sí. El 8 de noviembre de 2005, los votantes de Maine acordaron mantener en vigor una ley, LD 1196, “Una ley para extender la protección de los derechos civiles a todas las personas independientemente de su orientación sexual”, aprobada por la Legislatura y firmada por el Gobernador en la primavera de 2005. La ley entró en vigor el 28 de diciembre de 2005.

Esto marca el final de una larga lucha en Maine para lograr protecciones legales para las personas LGBTQ+. En noviembre de 1995, los votantes de Maine rechazaron un intento de limitar las clases protegidas a aquellas que ya estaban incluidas en la ley de no discriminación. En mayo de 1997, Maine aprobó una ley contra la discriminación basada en la orientación sexual, pero esta ley fue derogada en una elección especial celebrada en febrero de 1998. Luego, en noviembre de 2000, por un margen mínimo, los votantes de Maine no lograron ratificar una segunda ley contra la discriminación. ley que había sido aprobada por el poder legislativo.

La ley brinda protección contra la discriminación basada en la orientación sexual, que se define como “… la heterosexualidad, bisexualidad, homosexualidad o identidad o expresión de género, real o percibida, de una persona” (5 Me. Rev. Stat. sec. 4553 (9-C)).

¿Protege también a las personas percibidas como LGBTQ+ en el empleo?

Sí. La ley de no discriminación cubre específicamente a las personas percibidas como lesbianas, gays, bisexuales o transgénero.

¿A quién se aplica la ley de no discriminación y qué prohíbe?

La ley de no discriminación se aplica a empleadores gubernamentales (locales y estatales) y empleadores privados con cualquier número de empleados (5 Me. Rev. Stat. sec. 4553 (4) (definición de empleador)). Prohíbe a los empleadores negarse a contratar, despedir o discriminar al empleado con respecto a cualquier asunto laboral, incluida la contratación, la permanencia, la promoción, la transferencia, la compensación, los términos, condiciones o privilegios de empleo. Un empleador tampoco puede utilizar ninguna agencia de empleo que discrimine (5 Me. Rev. Stat. sec. 4572 (1)(A)). El acoso basado en la orientación sexual está incluido dentro de los “términos y condiciones” de empleo.

Las agencias de empleo no podrán negarse a: clasificar adecuadamente; recomendar a sus clientes para empleo; o discriminar de otra manera debido a la orientación sexual. Las organizaciones laborales (por ejemplo, sindicatos) no pueden negar el aprendizaje, la membresía o cualquier derecho de membresía ni penalizar o discriminar a sus miembros debido a su orientación sexual (5 Me. Rev. Stat. sec. 4572 (1)(B) & (C)). .

La ley también prohíbe a cualquier empleador, agencia de empleo u organización laboral, antes del empleo o membresía, obtener o registrar información sobre la orientación sexual de una persona, imprimir cualquier anuncio que indique cualquier preferencia o limitación basada en la orientación sexual, o tener un sistema para negar o limitar las oportunidades de empleo o membresía según la orientación sexual (5 Me. Rev. Stat. sec. 4572 (1)(D)).

¿Se aplica la ley a todos los empleadores?

No, existe una exención religiosa que proporciona:

“Empleador” no incluye una corporación o asociación religiosa o fraternal, no organizada para fines de lucro privado y, de hecho, no realizada para fines de lucro privado, con respecto al empleo de sus miembros de la misma religión, secta o fraternidad, excepto con fines de discapacidad. discriminación relacionada, en cuyo caso la corporación o asociación se considera un empleador (5 Me. Rev. Stat. sec. 4553 (4) (definición de “empleador”).

Esto parece significar que ciertas entidades religiosas sin fines de lucro (no individuos) están exentas de la ley, y una organización religiosa puede exigir que todos los solicitantes y empleados se ajusten a los principios religiosos de esa organización (5 Me. Rev. Stat. sec. 4573-A (2)). El alcance total de esta exención podrá resolverse en casos judiciales específicos.

¿La ley contra la discriminación tiene algún impacto en la obligación de mi empleador de proporcionar beneficios de pareja de hecho a mi pareja del mismo sexo?

Posiblemente sí. La ley de no discriminación puede ser una herramienta poderosa para igualar el trato en materia de compensación y, por lo tanto, valiosos “beneficios complementarios”. Como se analiza más adelante en la sección de familia de este folleto, el estado y varios municipios ya han igualado algunos beneficios como el seguro médico (este resultado también se ajusta a la mejor visión de la ley, es decir, que es discriminación basada en la orientación sexual la que condiciona los beneficios). sobre un estatus (matrimonio) que sólo las personas homosexuales no pueden alcanzar. Véase Alaska Civil Liberties Union v. State of Alaska, 122 P.3d 781 (Alaska 2005); Bedford v. NH Cmty. Technical Coll. Sys., Orden del Tribunal Superior, 04-E-230 (3 de mayo de 2006)).

Los empleadores privados en Maine no están obligados a ofrecer seguro médico a sus empleados ni a ofrecer cobertura conyugal o familiar. Sin embargo, algunos empleadores que brindan dicha cobertura pueden estar obligados a brindar seguro a parejas del mismo sexo para cumplir con las leyes de seguros de Maine y/o la ley contra la discriminación. Esta área de la ley es complicada y no dude en comunicarse con GLAD para obtener información específica sobre su situación.

¿La ley de Maine prohíbe el acoso sexual?

Sí, el acoso sexual está expresamente prohibido por la ley estatal.

Tanto la Corte Suprema de los Estados Unidos como varios tribunales estatales han determinado que el acoso sexual entre personas del mismo sexo viola las leyes sobre acoso sexual. Comparar Oncale vs. Sundowner Offshore Services (9523 US 75 (1998), el hombre puede demandar por acoso sexual por parte de otros hombres según las leyes federales sobre acoso sexual)) a Melnychenko contra 84 Lumber Co. (424 Mass. 285, 676 NE2d 45 (1997), (el acoso sexual entre personas del mismo sexo está prohibido según la ley del estado de Massachusetts)).

¿Existe alguna protección contra el acoso por orientación sexual?

Pruebas y Privacidad | VIH/SIDA | Maine

¿Maine tiene una ley que rige el consentimiento informado para las pruebas de VIH?

Sí. La ley de Maine exige que una prueba de VIH debe ser "voluntaria y realizarse sólo con el conocimiento del paciente de que está prevista una prueba de VIH". (5 SARM §19203-A).

Maine, sin embargo, ha eliminado el requisito de que no se pueda realizar ninguna prueba de VIH sin el consentimiento informado por escrito específico del paciente.

La ley ahora exige únicamente que “[un] paciente debe ser informado oralmente o por escrito que se realizará una prueba de VIH a menos que el paciente la rechace” (5. MRSA §19203-A (énfasis agregado). Mientras que el título de § 19203- A es "se requiere consentimiento informado voluntario", la ley de Maine no es un sistema de consentimiento informado. El consentimiento informado, ya sea oral o escrito, requiere que un paciente dé su consentimiento afirmativo antes de que se pueda realizar una prueba. La ley actual de Maine simplemente requiere que se notifique al paciente que se realizará una prueba y esto impone al paciente la carga de optar por no participar).

La ley también exige que la información proporcionada a los pacientes antes de la prueba incluya el significado de los resultados positivos y negativos de la prueba. Además, el paciente debe tener la oportunidad de hacer preguntas.

La ley de Maine autoriza los sitios anónimos de pruebas de VIH (5 MRSA §19203-B).

Las aseguradoras de salud o los planes de atención médica que requieren una prueba de VIH aún deben obtener un consentimiento informado por escrito para realizar una prueba de VIH (5 MRSA §19203-A (2)).

Además, la ley de Maine prohíbe a un proveedor de atención médica negar tratamiento médico únicamente porque un individuo ha rechazado su consentimiento para una prueba de VIH (5 MRSA § 19203-A (3)).

¿Qué información se le debe dar a una persona que se somete a la prueba del VIH?

En 2007, para agilizar los procedimientos de prueba, Maine eliminó el asesoramiento previo obligatorio a la prueba del VIH. Sin embargo, a los pacientes que dan positivo en la prueba del VIH se les debe ofrecer asesoramiento posterior a la prueba, a menos que el paciente lo rechace firmando una exención. El asesoramiento debe incluir como mínimo:

  • La confiabilidad y significancia de los resultados de las pruebas.
  • Información sobre prácticas preventivas y reducción de riesgos.
  • Referencias para atención médica y servicios de apoyo, según sea necesario. (5 MRSA § 19204-A.)

Un proveedor debe ofrecer asesoramiento cara a cara después de la prueba, pero puede proporcionar un medio alternativo para proporcionar la información si el cliente rechaza el asesoramiento cara a cara. Además, se debe proporcionar al cliente un memorando escrito que resuma el contenido de la información de asesoramiento posterior a la prueba.

¿Puede un médico realizar la prueba del VIH a un menor sin el consentimiento de un padre o tutor?

Un médico puede realizar la prueba del VIH a un menor sin obtener el consentimiento de los padres o tutores del menor. (32 MRSA § 3292 permite que un médico proporcione tratamiento médico para enfermedades venéreas a un menor sin el consentimiento de los padres. El Departamento de Servicios Humanos de Maine ha clasificado el VIH como como una enfermedad venérea.)

Además, un médico no está obligado, pero puede, informar al tutor o a los padres del menor sobre cualquier tratamiento médico brindado, incluidos los resultados de las pruebas de VIH.

Si la confidencialidad es importante para usted, es una buena idea hablar con su médico desde el principio y comprender sus políticas sobre este tema.

¿Existen requisitos específicos para las pruebas a personas embarazadas?

Todas las personas embarazadas deben ser informadas oralmente o por escrito que se incluirá una prueba de VIH en el panel estándar de pruebas médicas prenatales, a menos que la persona rechace la prueba de VIH. Además, un proveedor de atención médica tiene la obligación de realizar una prueba de VIH a un recién nacido dentro de las 12 horas posteriores al nacimiento si no conoce el estado serológico de la persona que dio a luz o "cree que la prueba del VIH es médicamente necesaria". Existe una excepción a dichas pruebas para recién nacidos si el padre afirma una objeción basada en creencias religiosas o de conciencia. (5 MRSA § 19203-A(6))

¿Existen circunstancias en las que la ley de Maine permite que una persona se haga la prueba del VIH en contra de sus deseos?

Sí, la ley de Maine permite la prueba del VIH involuntaria en determinadas circunstancias limitadas, como la prueba de una persona condenada por un delito de agresión sexual y de la fuente de exposición ocupacional.

¿Existen leyes estatales que protejan la privacidad de la información médica, incluido el VIH?

La ley de Maine prohíbe la divulgación de los resultados de la prueba del VIH a cualquier persona que no sea el sujeto de la prueba sin la autorización del sujeto. (5 MRSA § 19203.)

Cuando un expediente médico contiene el estado serológico respecto del VIH de una persona, el paciente debe elegir por escrito si autoriza la divulgación de esa parte del expediente médico. (5 SARM § 19203-D.)

Un proveedor de atención médica que haya sido designado por el sujeto de la prueba para recibir información sobre los resultados de la prueba de VIH puede poner los resultados a disposición únicamente de otros proveedores de atención médica que trabajen directamente con el paciente y solo con el fin de brindar atención médica o dental directa al paciente. 5 MRSA § 19203 (2).)

¿Existen excepciones a estas protecciones de privacidad?

El estado serológico aún se puede compartir en caso de una emergencia médica o ciertas amenazas limitadas a otros.

¿Tiene una persona con VIH un derecho constitucional a la privacidad?

Sí, muchos tribunales han determinado que una persona tiene el derecho constitucional de privacidad a no revelar su estado serológico respecto del VIH. Los tribunales han basado este derecho en la Cláusula del Debido Proceso de la Constitución de los EE. UU., que crea un interés de privacidad al evitar la divulgación de ciertos tipos de información personal.

El derecho constitucional a la privacidad sólo puede hacerse valer cuando la persona que divulga la información es un actor estatal o gubernamental (por ejemplo, policía, funcionarios penitenciarios o médicos de un hospital estatal).

¿Cómo determinan los tribunales si se ha violado el derecho constitucional de una persona a la privacidad?

Para determinar si ha habido una violación de este derecho a la privacidad, los tribunales sopesan la naturaleza de la intrusión en la privacidad de una persona con el peso que se debe dar a las razones legítimas del gobierno para una política o práctica que resulta en la divulgación.

Remedio para pruebas o revelaciones ilegales del VIH

Una persona que viola la ley de Maine con respecto a las pruebas de VIH o la confidencialidad de los resultados de las pruebas de VIH es responsable ante el sujeto por daños y costos reales más una multa civil de hasta $1,000 por una violación negligente y $5,000 por una violación intencional (5 SARM § 19206).

Remedio para pruebas o revelaciones ilegales del VIH

Una persona que viola la ley de Maine con respecto a las pruebas de VIH o la confidencialidad de los resultados de las pruebas de VIH es responsable ante el sujeto por daños y costos reales más una multa civil de hasta $1,000 por una violación negligente y $5,000 por una violación intencional (5 SARM § 19206).

¿Maine tiene leyes de presentación de informes que exigen que los diagnósticos de VIH o SIDA se informen al Departamento de Salud y Servicios Humanos de Maine?

Sí. Todos los estados exigen que ciertas condiciones de salud se informen a las autoridades de salud pública para poder rastrear las tendencias epidemiológicas y desarrollar estrategias de prevención efectivas. Maine exige que los proveedores e instalaciones de atención médica informen los nombres de las personas diagnosticadas con SIDA o VIH al Departamento de Salud y Servicios Humanos dentro de las 48 horas posteriores al diagnóstico (Departamento de Salud y Servicios Humanos, Centro para el Control y la Prevención de Enfermedades de Maine, Capítulo 258 (Reglas para el control de enfermedades de declaración obligatoria), 10-144). La información se mantiene confidencial y no puede divulgarse excepto según lo permitido por 5 MRSA § 19203 (ley de Maine sobre confidencialidad de las pruebas de VIH).

Alojamientos públicos | Discriminación | Maine

¿Qué es un lugar de alojamiento público?

Un lugar de alojamiento público significa una instalación operada por una entidad pública o privada cuyas operaciones se clasifican en categorías tales como alojamiento, restaurantes, entretenimiento, reuniones públicas, tiendas minoristas, establecimientos de servicios, transporte, museos, bibliotecas, instalaciones recreativas, instalaciones de ejercicio o de salud. , escuelas e instituciones educativas, establecimientos de servicios sociales o edificios gubernamentales. Generalmente, cualquier establecimiento que atienda u ofrezca sus bienes, instalaciones o servicios, o solicite o acepte el patrocinio del público en general es un lugar de alojamiento público (5 Me. Rev. Stat. sec. 4553 (8) (definición de “alojamiento público”)).

¿Maine tiene una ley antidiscriminación que protege a las personas LGBTQ+ de la discriminación en lugares de alojamiento público?

Sí. El 8 de noviembre de 2005, los votantes de Maine acordaron mantener en vigor una ley, LD 1196, “Una ley para extender la protección de los derechos civiles a todas las personas independientemente de su orientación sexual”, aprobada por la Legislatura y firmada por el Gobernador en la primavera de 2005. La ley entró en vigor el 28 de diciembre de 2005.

Esto marca el final de una larga lucha en Maine para lograr protecciones legales para las personas LGBTQ+. En noviembre de 1995, los votantes de Maine rechazaron un intento de limitar las clases protegidas a aquellas que ya estaban incluidas en la ley de no discriminación. En mayo de 1997, Maine aprobó una ley contra la discriminación basada en la orientación sexual, pero esta ley fue derogada en una elección especial celebrada en febrero de 1998. Luego, en noviembre de 2000, por un margen mínimo, los votantes de Maine no lograron ratificar una segunda ley contra la discriminación. ley que había sido aprobada por el poder legislativo.

La ley brinda protección contra la discriminación basada en la orientación sexual, que se define como “… la heterosexualidad, bisexualidad, homosexualidad o identidad o expresión de género, real o percibida, de una persona” (5 Me. Rev. Stat. sec. 4553 (9-C)).

¿Protege también a las personas percibidas como LGBTQ+ en lugares de alojamiento público?

Sí. La ley de no discriminación cubre específicamente a las personas percibidas como LGBTQ+.

¿Qué dice la ley sobre la discriminación en lugares de alojamiento público?

La ley declara ilegal que los lugares de alojamiento público discriminen por motivos de orientación sexual o "... de cualquier manera retengan o nieguen el disfrute pleno e igualitario... de los alojamientos, ventajas, instalaciones, bienes, servicios o privilegios de los alojamientos públicos". .” La ley también declara ilegal anunciar que cualquier lugar de alojamiento público está restringido a personas de una orientación sexual particular (5 Me. Rev. Stat. sec. 4592 (1)).

¿Cómo presento una denuncia por discriminación? ¿Qué sucede después de presentar la solicitud?

La denuncia debe ser bajo juramento, indicar el nombre y la dirección de la persona que presenta la denuncia, así como la entidad contra la que se queja (llamada el “demandado”). La denuncia debe establecer los detalles de los presuntos actos ilícitos y las horas en que ocurrieron (5 Me. Rev. Stat. sec. 4611).

Una vez que se presenta una queja a tiempo, un Comisionado o investigador buscará resolver el asunto. Si no puede hacerlo, la Comisión procederá con una investigación para determinar si existen motivos razonables para creer que ha ocurrido discriminación ilegal. La Comisión tiene amplios poderes durante el curso de la investigación. Entre otras cosas, puede examinar personas, lugares y documentos, exigir la asistencia a una audiencia de determinación de hechos y emitir citaciones para personas o documentos.

Si el Comisionado o investigador concluye:

  • no hay motivos razonables, desestimará el caso y el demandante podrá presentar un nuevo caso en el Tribunal Superior (Ver en general 5 Me. Rev. Stat. sec. 4612);
  • existen motivos razonables, intentará resolver el asunto mediante un acuerdo (5 Me. Rev. Stat. sec. 4612).

Una vez que se completa el proceso de la Comisión, y si el acuerdo fracasa, una persona puede presentar una acción de reparación ante el tribunal. Una persona también puede solicitar una carta de “derecho a demandar” de la MHRC si no se ha presentado ninguna acción judicial ni se ha establecido un acuerdo de conciliación dentro de los 180 días posteriores a la presentación de la queja (5 Me. Rev. Stat. sec. 4612 (6) ). La persona puede entonces presentar una acción ante el Tribunal Superior (5 Me. Rev. Stat. sec. 4621). En algunas situaciones, la Comisión puede presentar una acción ante el tribunal en su nombre (consulte en general 5 Me. Rev. Stat. sec. 4612).

¿Necesito un abogado?

No necesariamente. El proceso está diseñado para permitir que las personas se representen a sí mismas. Sin embargo, GLAD recomienda encarecidamente a las personas que busquen un abogado que las represente durante todo el proceso. No sólo existen muchas normas legales que rigen el proceso de la MHRC, sino que es casi seguro que los empleadores y otros encuestados tendrán representación legal. Llame a GLAD Answers para obtener ayuda o para obtener una referencia de un abogado.

¿Cuáles son los plazos para presentar una denuncia por discriminación?

Se debe presentar una queja ante la MHRC dentro de los 300 días posteriores al acto o actos discriminatorios (5 Me. Rev. Stat. sec. 4611). Prácticamente no hay excepciones por retrasos y GLAD alienta a las personas a actuar con prontitud al presentar reclamos. Las acciones presentadas ante el Tribunal Superior generalmente deben presentarse “no más de 2 años después del acto de discriminación ilegal denunciado” (5 Me. Rev. Stat. sec. 4613(2)(C)).

¿Cuáles son los remedios legales para la discriminación?

Esta es un área complicada y depende de una variedad de factores, incluido el tipo de discriminación y su intersección con las leyes federales.

Como cuestión general, la MHRC intenta resolver los casos en los que se encuentra causa razonable. No está facultado para otorgar daños por angustia emocional ni honorarios de abogados, pero las partes pueden acordar cualquier término que sea mutuamente satisfactorio para resolver el problema (94-348 Rules of Maine Human Rights Com'n secs. 2.07, 2.08. 2.09. Disponible en http://www.maine.gov/mhrc/laws/index.html).

Como cuestión general, si una persona ha presentado una solicitud ante la MHRC, ha completado el proceso allí y luego presenta su caso ante el tribunal, entonces está disponible una gama completa de medidas cautelares y compensatorias (5 Me. Rev. Stat. secs. 4613, 4614). Si un denunciante de discriminación lleva su caso a los tribunales sin presentarlo primero ante la MHRC, entonces solo hay medidas cautelares disponibles en el tribunal, como una orden de cese y desistimiento, o una orden para realizar capacitación o publicar avisos (5 Me. Rev. Stat. sección 4622).

La reparación ordenada por un tribunal puede incluir: (a) contratación, reintegro y pago retroactivo en casos de empleo; (b) una orden para alquilar o vender una vivienda específica (o una que sea sustancialmente idéntica), junto con una indemnización de hasta tres veces el precio excesivo exigido, y una indemnización penal civil, a la víctima en casos de vivienda; y (c) en todos los casos, cuando el individuo haya agotado el proceso de la MHRC, una orden de pago de honorarios de abogados, daños penales civiles, órdenes de cese y desistimiento y otras medidas que cumplirían los propósitos de las leyes contra la discriminación (por ejemplo, programas de capacitación , publicación de avisos).

¿Puedo reclamar discriminación por motivos distintos a la orientación sexual?

Sí, pero sólo si recibe un trato diferente debido a una característica personal protegida por la ley de Maine.

En lugares públicos, es ilegal discriminar por motivos de raza, color, sexo, discapacidad física o mental, religión, ascendencia u origen nacional, así como por orientación sexual (5 Me. Rev. Stat. sec. 4553 (8) (definición), 4592 (prohibición)).

¿Existen otras opciones para presentar una denuncia por discriminación?

Posiblemente sí, dependiendo de los hechos de su situación particular.

Tribunal estatal o federal: Después de presentar la solicitud ante la MHRC o la EEOC, una persona puede decidir retirar su caso de discriminación de esas agencias y presentarlo ante el tribunal. Hay reglas sobre cuándo y cómo se debe hacer esto.

Además, una persona puede presentar un caso judicial para abordar otros reclamos que no son manejados adecuadamente por las agencias de discriminación. Por ejemplo:

  • Si una persona es despedida en violación de un contrato, o sin la disciplina progresiva prometida en un manual, o despedida por hacer algo que no le gusta al empleador pero que exige la ley, entonces estos asuntos están más allá del alcance de lo que las agencias puede investigar y el asunto puede llevarse ante los tribunales.
  • Si una persona tiene un reclamo por una violación de derechos constitucionales, como un maestro u otro empleado gubernamental que cree que se violaron su libertad de expresión o sus derechos de igual protección, entonces esos asuntos deben ser vistos en los tribunales.

¿Qué puedo hacer para prepararme antes de presentar una denuncia por discriminación?

Al evaluar sus posibles reclamaciones, tiene derecho a solicitar una copia completa de su expediente personal en cualquier momento (5 Me. Rev. Stat. sec. 7071 (derecho del empleado a solicitar un expediente personal)). Los archivos de personal son el registro oficial de su empleo y son una fuente invaluable de información (5 Me. Rev. Stat. sec. 7070 (Definición de registro de personal)).

Ya sea que deje un trabajo voluntariamente o no, tenga cuidado al firmar cualquier documento que admita haber cometido un delito, o que renuncie a sus derechos legales, o que sea un supuesto resumen de lo que dijo en una entrevista de salida. A veces, los empleados están molestos o asustados en el momento en que despiden su empleo, pero es probable que los documentos sean ejecutables en su contra más adelante. Por favor tenga cuidado.

Por lo general, las personas que aún trabajan en condiciones discriminatorias tienen que evaluar cómo afectará la presentación de un caso a su trabajo o vivienda, y si están dispuestas a asumir esas posibles consecuencias. Por supuesto, incluso si una persona ha sido despedida, puede decidir que no vale la pena presentar un reclamo por discriminación. Esta es una elección individual que debe realizarse después de recopilar suficiente información y asesoramiento para tomar una decisión informada.

Algunas personas prefieren reunirse con un abogado para evaluar la solidez de sus reclamos antes de presentar un caso. Siempre es útil llevarle a su abogado un resumen o un diario de lo sucedido. Es mejor si la información está organizada por fecha y explica quiénes son los distintos actores (y cómo ponerse en contacto con ellos), así como qué pasó, quién dijo qué y quién estuvo presente en cualquier conversación o incidente importante.

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